Renovación de constancia ante RNIE

Renovación de constancia ante RNIE

.
 .  (Foto: IDC online)
Fundamento legal: LIE y RLIERNIE*:  artículos 32 y 35; 43 y 38, frac. III inciso b), respectivamenteLey de Inversión Extranjera y Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
Período de cumplimiento Durante los primeros siete meses de cada año, de conformidad con el siguiente calendario, que depende de la letra con la cual inicia el nombre, denominación o razón social de la persona que presentará el informe:
  • De la A a la D, durante abril de cada año;
  • de la E a la J, durante mayo de cada año;
  • de la K a la P, durante junio de cada año, y
  • de la Q a la Z, durante julio de cada año.
Obligación  Sociedades mexicanas  en las que participen:
  •   la inversión extranjera;
  •  los mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y tengan su domicilio fuera del territorio nacional, o
  •  la inversión neutra.

 Quienes realicen habitualmente actos de comercio en la República Mexicana, cuando se trate de:

  • personas físicas o morales extranjeras, o
  •  mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional.

Las instituciones fiduciarias, cuando se trate de fideicomisos de acciones o partes sociales, de bienes inmuebles o de inversión neutra, por virtud de los cuales se deriven derechos en favor de:

  • la inversión extranjera, o
  • mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional. 

Las citadas personas, deberán renovar su constancia de inscripción anualmente, para lo cual deberán presentar un cuestionario económico-financiero, correspondiente al ejercicio fiscal del año inmediato anterior.