Riesgoso, no declarar dólares en la aduana

Dentro de los aspectos a considerar al salir del país, está la de manifestar a la autoridad si se lleva más de 10,000 dólares

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 .  (Foto: iStock)

Quienes salgan del país deben declarar en la aduana las cantidades superiores a los 10,000 dólares o su equivalente en moneda nacional u otras divisas, que traigan, ya sea en efectivo, cheques nacionales o extranjeros, órdenes de pago o cualquier otro documento por cobrar o una combinación de ellos (art. 9o, Ley Aduanera –LA–).

Si fuera el caso, tienes que presentar en la aduana la “Declaración de Dinero, Salida de pasajeros”, además de la “Declaración de Internación o Extracción de Cantidades en Efectivo o Documentos por Cobrar”.

La segunda de las declaraciones puedes transmitirla anticipadamente en línea, en el portal del SAT, y solo entregarías el acuse de recibo correspondiente. Este tiene una vigencia de 30 días naturales, contados a partir de la transmisión.

No temas, la manifestación de dichas cantidades no implica pagar contribuciones al comercio exterior, solo se trata de una medida administrativa para combatir el lavado de dinero.

La omisión de esta declaración se considera una infracción aduanera sancionable con una multa del 20 % al 40 % del remanente del citado monto, y lo peor del caso, es que si son más de 30,000 dólares, es una conducta equiparable al delito de contrabando, cuya sanción corporal es de tres meses a seis años de prisión.