Para qué sirven las CTM´s

Las partes y los componentes enajenados por las empresas de autopartes se consideran exportadas, aquí los pormenores

La SE presentó anteproyecto a la COFEMER con relación al comercio de autopartes con Uruguay (foto: Gilberto Contreras/Manufactura)
 La SE presentó anteproyecto a la COFEMER con relación al comercio de autopartes con Uruguay (foto: Gilberto Contreras/Manufactura)  (Foto: Redacción)

Con las constancias de transferencia de mercancías (CTM´s) las empresas de la industria de autopartes pueden considerar como retornadas al extranjero las partes y los componentes que hubiesen importado temporalmente y como exportados los importados en forma definitiva.

Las CTM´s son documentos oficiales que les permite enajenar esos bienes a las empresas de la industria automotriz terminal (automotriz) o manufacturera de vehículos de autotransporte (manufacturera) para ser integrados a procesos de ensamble y fabricación de vehículos que incorporen.

Por dicha operación, la adquirente (automotriz o manufacturera) expide y entrega a la de autopartes una “Constancia de Transferencia de Mercancía”, que ampara las partes y componentes adquiridos y que hayan sido exportados o destinados a mercado nacional en el mes inmediato anterior, en el mismo estado o incorporados en los vehículos o componentes fabricados por la automotriz terminal.

La CTM debe entregarse, a más tardar el último día hábil de cada mes. El formato se encuentra integrado en el Anexo 1 de las RGCE 2017.

Los datos contenidos en la constancia pueden rectificarse, siempre que la autoridad no hubiese iniciado sus facultades de comprobación, y no se trate del número de folio, período, RFC o a la descripción de las mercancías amparadas en la misma.