Baja de IMMEX por incumplimiento fiscal

La suspensión temporal del IMMEX puede terminar en cancelación definitiva si no se subsana la irregularidad que la causó

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 .  (Foto: iStock)

Las empresas IMMEX deben tener el certificado de la e.firma vigente, el RFC activo, los domicilios fiscal y aquellos en donde se efectúan las operaciones IMMEX inscritos y activos en el RFC; incluso la opinión positiva vigente sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales y el documento que acredite no estar en los listados de empresas publicadas por el SAT. No observarlo es causal de suspensión temporal del programa.

Al respecto, la Secretaría de Economía (SE) ya identificó a los contribuyentes omisos, y les otorgó hasta el 31 de agosto de 2017 para subsanar la irregularidad.

Para la habilitación del programa es necesario que el SAT le informe a la SE cuando el contribuyente haya cumplido con el requisito, que motivó la baja temporal del IMMEX.

La suspensión del IMMEX se dejará sin efectos, a más tardar dos días hábiles después de que ello suceda.

Los programas IMMEX de los titulares que no corrijan su situación en el plazo otorgado, serán cancelados definitivamente a partir del 1o. de septiembre de 2017.