Domicilio incorrecto en las etiquetas comerciales

La NOM-050-SCFI-2004 exige que la etiqueta contenga el dato del domicilio fiscal

Ordenamos las etiquetas comerciales –conforme a la NOM-050-SCFI-2004, Información comercial-Etiquetado general de productos– de la mercancía que pretendemos importar, pero por equivocación dimos la dirección de la bodega central, no así la del domicilio fiscal, tendríamos algún inconveniente si las dejamos así


Dicha NOM (publicada en el DOF el 1o. de junio de 2004), dispone que la etiqueta comercial adherida a los productos de procedencia extranjera deberá tener impresa, entre otra información, la correspondiente al domicilio fiscal del importador, incluyendo el código postal, la ciudad o el Estado.

Como puede apreciarse, la NOM exige que la etiqueta contenga el dato del domicilio fiscal, por lo que le recomendamos incorporar la dirección correcta en la etiqueta, lo cual podrá hacer después del despacho aduanero y antes de su comercialización (numeral 5, 5.2 , 5.2.1, inciso c, Acuerdo de NOM´s).

En caso de que la autoridad descubriera que dicho dato es inexacto se estaría ante una multa que va del 2 % al 10 % del valor comercial de las mercancías (arts. 184, fracc. XIV y 185, fracc. XIII, Ley Aduanera –LA–).