IVA en importación de fertilizantes

Las Reglas Generales de Comercio Exterior contemplan que todas las fracciones arancelarias de los fertilizantes, plaguicidas, herbicidas, funguicidas y abonos, están exentos de pago de IVA

Nos dedicamos a la agricultura e importamos fertilizantes desde hace varios años por los cuales no se ha pagado el IVA; pero en esta última operación detectamos que en el pedimento se determinó y se cubrió la tasa general, podrían decirnos si hubo algún cambio en el Anexo que identifica por fracción arancelaria los productos que gozan del beneficio de la exención, de ser así cuando se publicó


No ha habido ningún cambio, el Anexo 27 de las Reglas Generales de Comercio Exterior sigue contemplando que todas las fracciones arancelarias de los fertilizantes, plaguicidas, herbicidas, funguicidas y abonos, estén exentos del pago del IVA en su importación cuando se utilicen en la agricultura o ganadería, lo cual es congruente con el artículo 2-A, fracc. I inciso f), en relación con el 25 de la LIVA.

Por ende, en el supuesto de que se
tratase de un error, podría solicitar al agente aduanal la rectificación del pedimento de importación.

El monto enterado de más podrá solicitarse en devolución, como pago de lo indebido, en su caso.