El artículo 76-A de la LISR prevé que los contribuyentes que celebren operaciones con partes relacionadas deben presentar a más tardar el 31 de diciembre del año inmediato posterior al ejercicio de que se trate, las siguientes declaraciones informativas maestra de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional, local de partes relacionadas, y país por país del grupo empresarial multinacional.
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Con la implementación de dicha obligación, el SAT pretende recopilar y analizar información en materia de precios de transferencia, la cual podrá intercambiar con las autoridades fiscales de otros países, en el marco de los acuerdos internacionales de intercambio de información en materia tributaria suscritos por México.
Es por ello que los contribuyentes de comercio exterior obligados, deben recordar que desde el pasado 31 de octubre el SAT informó que ya estaría disponible la plataforma diseñada para tal efecto en su sitio a partir del 1o. de noviembre, por lo que ya no habría pretexto para no cumplir. Sin embargo, hasta el momento esto no ha ocurrido, por ello será necesario estar al pendiente de su habilitación.