Prácticas desleales al comercio internacional

En 2018 vencerán las cuotas compensatorias impuestas a diversos productos que ingresan con dumping

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 .  (Foto: Getty)

En 2018 vencerán las cuotas compensatorias impuestas a diversos productos que ingresan al país bajo prácticas desleales al comercio internacional, es decir, que se importan en condiciones de discriminación de precios –a un precio inferior a su valor normal–; o subvenciones –con apoyos del gobierno– en el país exportador, ya sea el origen o el de procedencia, que causan daño a una rama de la producción nacional de mercancías idénticas o similares (art. 28, 87, Ley de Comercio Exterior –LCE–).

Es por ello que la Secretaría de Economía pone del conocimiento de los productores nacionales y de cualquier otra persona que tenga interés jurídico de cuáles se tratan, con el objeto de que expresen su interés de que se inicie un procedimiento de examen para determinar las consecuencias de la supresión de la cuota compensatoria que corresponda, así como del compromiso de exportadores.

Los interesados deberán presentar una propuesta de periodo de examen de seis meses a un año comprendido en el tiempo de vigencia de la misma; del análisis se podrá definir si de eliminarse la cuota relativa se repetiría o continuaría la discriminación de precios, por lo tanto, el daño a la industria nacional.

La manifestación de interés deberá exhibirse a más tardar 25 días hábiles antes del término de la vigencia que corresponda, en la oficialía de partes de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, de las 9:00 a las 14:00 horas.

Los bienes por los que se liberará la cuota compensatoria y plazos de vencimiento para el año entrante son los siguientes:

Producto y

fracción arancelaria

País de origen

Último día de la vigencia de 2018

Fecha límite para recibir la manifestación de interés

De 2018

Papel bond cortado, 4802.56.01 y 4823.90.99

Brasil

12 de marzo

1o. de febrero

Cadena de acero de eslabones soldados, 7315.82.02

China

18 de julio

12 de junio

Poliéster fibra corta, 5503.20.01, 5503.20.02, 5503.20.03 y 5503.20.99

Corea del sur

20 de agosto

13 de julio

Ferrosilicomanganeso, 7202.3 0.01

Ucrania

25 de septiembre

20 de agosto

Ferromanganeso alto carbón, 720.11.01

China

26 de septiembre

21 de agosto

Lámina rolada en frío*, 7209.16.01, 7209.17.01, 7209.18.01, 7225.50.02, 7225.50.03, 7225.50.04, 7225.50.99, 9802.00.01, 9802.00.02, 9802.00.03, 9802.00.07, 9802.00.13, 9802.00.15 y 9802.00.19

Corea del sur

31 de diciembre

13 de noviembre

  * Mediante Resolución del 26 de diciembre de 2013, se aceptaron los compromisos de exportadores y se suspendió el procedimiento de investigación antidumping sobre las importaciones de este producto