Anexos de las RGCE 2018
Detalles de los anexos que permitirán la correcta aplicación de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2018
Comercio Exterior
El SAT publicó en el DOF del 19 de diciembre de este año los siguientes Anexos para la correcta aplicación de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2018, las cuales entrarán en vigor el próximo 1o. de enero.
Anexo |
Contenido |
4 |
Horario de las aduanas |
5 |
Compilación de criterios normativos y no vinculativos en materia de comercio exterior y aduanal |
7 |
Insumos y mercancías relacionadas con el sector agropecuario |
8 |
Fracciones arancelarias que identifican los bienes de capital |
9 |
Fracciones arancelarias de mercancías del sector salud (artículo 61, fracción XIV de la LA) |
11 |
Rutas fiscales autorizadas para tránsito internacional |
12 |
Mercancías susceptibles para exportar temporalmente |
14 |
Importación o exportación de hidrocarburos, productos petrolíferos, |
15 |
Distancias y plazos máximos de traslado en días naturales para arribo de tránsitos |
16 |
Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de mercancías que inicien el tránsito internacional en la frontera norte y lo terminen en la frontera sur del país o viceversa |
17 |
Mercancías por las que no procederá el tránsito internacional por territorio nacional |
19 |
Datos inexactos para efectos del artículo 184, fracción III, de la LA |
22 |
Instructivo para el llenado del pedimento |
23 |
Mercancías peligrosas o que requieran instalaciones o equipos especiales para su muestreo |
24 |
Sistema automatizado de control de inventarios |
25 |
Puntos de revisión (Garitas) |
26 |
Datos inexactos u omitidos de las Normas Oficiales Mexicanas |
27 |
Mercancías exentas de IVA |
28 |
Mercancías sensibles (regla 7.1.4.) |
30 |
Bienes sujetos a declaración de marcas nominativas o mixtas |
31 |
Sistema de control de cuentas de créditos y garantías |
Los Anexos 1-A, Trámites de comercio exterior; 10, Sectores específicos; y 21, Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de determinado tipo de mercancías, se dieron a conocer el 18 de diciembre de este año.
El Anexo 2, relativo a las multas y cantidades actualizadas que establece la LA y su Reglamento –vigentes a partir del 1o. de enero de 2015, cuya última reforma se produjo el 27 de enero de 2017–, se mantendrá vigente hasta en tanto se publique el correspondiente a 2018.
Cabe aclarar que el Anexo 1 “Formatos de comercio exterior” que contiene las autorizaciones, los avisos, las constancias, las declaraciones, los formatos, las solicitudes, y pedimentos sus anexos, aun no ha sido publicado, por lo que se seguirán utilizando los de 2017.