Desde el 1o. de enero de 2018, se cubren las cantidades siguientes para el cumplimiento de las obligaciones de comercio exterior señaladas al efecto:
LEE: AGENDA DE OBLIGACIONES ADUANERAS 2018
Concepto
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Monto
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2018
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Capital social a acreditar para promover el procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados (art. 16, fracc. II, LA)
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$2’488,410.00
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Aprovechamiento a pagar por la prevalidación electrónica de pedimentos (art. 16-A, LA y regla 1.8.3., RGCE 2018)
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240 pesos, por cada pedimento
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Aprovechamiento a cubrir por la prevalidación electrónica de pedimentos para importaciones temporales de remolques, semirremolques y portacontenedores (art. 16-B)
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190 pesos, por cada pedimento
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Contraprestación del agente aduanal por importaciones o exportaciones con valor inferior a 3,000 o 5,000 dólares, según corresponda (art. 160, fracc. IX, LA, regla 1.4.9., RGCE 2018)
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330 pesos, por cada operación
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Monto de los impuestos al comercio exterior, derechos y cuotas compensatorias declarados inexactamente por el agente aduanal, en el pedimento, sus anexos, o en el aviso consolidado –regímenes: temporal, depósito fiscal y tránsito de mercancías– por el cual puede ser motivo de:
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Cuando no rebase de: 179,920 pesos
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Cuando exceda de: 257,030 pesos
y represente más del 10% del total de lo que debió erogarse
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La actualización se publicó en el Anexo 2 de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2018, en el DOF del 22 de diciembre de 2017.