Suspensión de labores en la SE

Se publicaron los días en los que no se podrán gestionar trámites ante dicha dependencia

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 .  (Foto: iStock)

Los trámites en materia de comercio exterior ante la Secretaría de Economía (SE) pueden realizarse personalmente, en ventanillas de atención al público de la Representación Federal que corresponda; o por la Ventanilla Digital de Comercio Exterior Mexicana –VUCEM– (regla 1.3.1., Reglas y criterios en materia de comercio exterior de la SE).

Estos, ya sean de forma electrónica o presencial deben gestionarse en días hábiles, por ello es importante conocer en qué fechas no pueden efectuarse ni hacer diligencias o actuaciones de los procedimientos que se tramitan o deban tramitarse ante las unidades administrativas de esta dependencia, incluyendo sus delegaciones y subdelegaciones federales, o bien, acudir a solicitar orientación.

Lo anterior aplica a la VUCEM, porque la regla 1.2.4., Reglas Generales de Comercio Exterior 2018 dispone que son hábiles todos los días del año, con excepción de sábados y domingos, así como aquellos que las disposiciones legales y los Acuerdos Secretariales de las Dependencias señalen como inhábiles.

Para los efectos anteriores debe conocerse que la SE suspenderá labores el 5 de febrero (lunes); 19 de marzo –en conmemoración del 21 de marzo– (lunes), 29 y 30 de marzo (jueves y viernes); 2 de noviembre (viernes) y 19 de noviembre (lunes), así se difundió en el “Acuerdo por el que se señalan como inhábiles los días de este año y sus efectos para la tramitación de asuntos ante la misma”, publicado en el DOF del 31 de enero de 2018.

Esos días, además de los previstos en el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se considerarán como inhábiles en el 2018 y, por lo tanto no correrán términos.