Segunda vuelta para el reporte IMMEX

Por decreto se da la oportunidad de presentar extemporáneamente el reporte anual de operaciones de comercio exterior

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 .  (Foto: Redacción)

Las IMMEX tienen hasta el 31 de agosto de 2018 para presentar extemporáneamente el reporte anual de operaciones de comercio exterior 2017. Ello lo establece el Decreto IMMEX, en su numeral 25.

A los titulares a los que la Secretaría de Economía les cancele definitivamente el programa no podrán importar temporalmente insumos, partes, componentes y activos fijos, para producir artículos de exportación al amparo de este, y tendrán que retornar los inventarios IMMEX, o en su caso, cambiarlos de régimen.

Durante septiembre la SE dará a conocer en el DOF el nombre del titular y número de programa cancelado.

Ese listado contendrá los datos de los IMMEX cancelados por omisión del reporte, incluso por haber incumplido las siguientes obligaciones fiscales:

  • contar con el certificado de firma
  • tener el RFC activo, o los domicilios fiscal y en donde efectúan las operaciones IMMEX inscritos y activos en el RFC

Esas compañías ya no podrán gozar de los beneficios del programa, y deberán cambiar de régimen o retornar al extranjero los bienes y activos fijos importados temporalmente, en un plazo de 60 días naturales siguientes a la fecha de la notificación de la cancelación del IMMEX (art. 28, Decreto IMMEX)