Listo decreto de simplificación y armonización de regímenes aduaneros

El protocolo que enmendaba el convenio internacional fue publicado por el ejecutivo federal

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 .  (Foto: iStock)

En el DOF de este 21 de agosto de 2018 se publicó el decreto por el que se aprueba el Protocolo de Enmienda del Convenio Internacional sobre la Simplificación y Armonización de los Regímenes Aduaneros, hecho en Bruselas el 26 de junio de 1999.

El documento mejor conocido como el Convenio de Kyoto fue firmado en dicha ciudad japonesa el 18 de mayo de 1973 y entró en vigor el 25 de septiembre de 1974, fue revisado a lo largo de varios años y finalmente modificado mediante el protocolo en comento en 1999.

Tiene como finalidades:

  • procurar eliminar las divergencias existentes entre los regímenes y las prácticas aduaneras de las partes contratantes que pudiesen obstaculizar el comercio internacional y otros intercambios internacionales
  • contribuir eficazmente al desarrollo del comercio e intercambios simplificando y armonizando los regímenes y las prácticas aduaneras y estimulando la cooperación internacional
  • señalar que se puede alcanzar beneficios mediante la facilitación del comercio internacional, sin comprometer las apropiadas normas de control aduanero, y
  • reconocer que se podrá alcanzar la simplificación y armonización mencionadas aplicando, en particular, los siguientes principios:
    • implementación de programas cuyo objetivo sea la continua modernización de los regímenes y prácticas aduaneros para incrementar su eficacia y rendimiento
    • aplicación de regímenes y prácticas aduaneros de modo previsible, coherente y transparente
    • poner a disposición de las partes interesadas de toda información necesaria sobre leyes y reglamentos aduaneros, directivas administrativas, regímenes y prácticas aduaneros
    • adopción de técnicas modernas tales como sistemas de gestión de riesgo y controles basados en auditorías, así como el aprovechamiento máximo de la tecnología de la información
    • cooperación con otras autoridades nacionales, otras administraciones aduaneras y con las comunidades comerciales
    • implementación de las normas internacionales pertinentes, y
    • acceso de las partes afectadas a los recursos administrativos y judiciales de fácil implementación

El instrumento sostiene que los comerciantes se beneficiarán de la facilitación mejorada y de la reducción de costos. Los exportadores y los transportistas lo harán de los controles aduaneros uniformes y de un movimiento más rápido de mercancías y de personas. Los gobiernos se beneficiarán de controles más efectivos que aumentan la seguridad fronteriza y reducen la pérdida de ingresos aduaneros.

 

Nuestro país nunca se había adherido a este convenio pero había servido para anteriores reformas en materia aduanera, habrá que estar pendientes de como será su implementación.