Operador de Comercio Exterior Confiable

Colombia mejora en temas como la seguridad y en lo relativo a la agilización de sus procesos aduaneros

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 .  (Foto: Getty)

Colombia es miembro de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y del Marco SAFE, al amparo del cual ha implementado la herramienta del “Operador de Comercio Exterior Confiable” para facilitar la movilización de la carga que ingresa y sale de su territorio, en condiciones de seguridad, es por lo que el C.P. y Mtro. Jorge Alberto Moreno Castellanos, especialista en gestión de riesgos aduaneros, presenta un análisis de esta figura y la normatividad que la sustenta.

Preámbulo

A través del Decreto 349 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público de Colombia, publicado el 20 de febrero de 2018 –en relación con el Decreto número 390 de 2016 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de esta nación– se establece la posibilidad de otorgar una calificación de confiabilidad a los importadores y exportadores para gozar de tratamientos especiales.

Lo anterior con base en un Sistema de gestión del riesgo1. Cabe señalar que países como Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, también aplican técnicas de análisis de riesgo mediante el uso de herramientas electrónicas de manejo de datos y contemplan una metodología de análisis de riesgo como parte de sus procesos de declaración y verificación de mercancías.

Sistema de gestión de riesgos

Según el artículo 493 del Decreto 390 la DIAN puede utilizar prácticas y procedimientos de gestión de riesgo para prevenir o combatir el uso o destino del comercio para fines que afecten o atenten contra la seguridad nacional o las disposiciones de carácter aduanero. Para estos efectos esa autoridad emplea bases de datos que le permiten tener información, entre otros aspectos, sobre las operaciones y las personas que actúan ante la entidad, para evaluar la seguridad de la cadena logística en comercio exterior.

En este sentido, la DIAN dirige sus actividades de control con énfasis en las operaciones que representan mayor riesgo, con el propósito de asegurar y facilitar el comercio internacional.

En consecuencia, la autoridad puede implementar mecanismos de:

  • monitoreo del riesgo, y
  • control en lugares de ingreso y salida de mercancías

Elementos de la gestión de riesgo

Es mediante el Sistema de gestión de riesgo que se identifican, entre otros riesgos los relacionados con:

  • las personas que intervienen en la cadena logística de distribución y las características de la operación de comercio exterior
  • el estado de las obligaciones de pago en materia tributaria, aduanera o cambiaria, sanciones y demás acreencias a favor de la DIAN
  • los derivados del incumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias
  • las vinculadas con la evasión del pago de los derechos e impuestos a la importación por distorsión de los elementos del valor en aduana, de los tratamientos preferenciales derivados de la aplicación de las normas de origen y de los aspectos relativos a la nomenclatura arancelaria
  • la solvencia económica para desarrollar las operaciones de comercio exterior y el origen de los fondos, y
  • la solvencia económica necesaria que asegure el acatamiento de sus obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias

Calificación de riesgo

Con base en el sistema de gestión de riesgo se calificará con riesgo bajo, medio o alto. Esto para emitir un concepto favorable o desfavorable de los importadores, exportadores, declarantes y operadores de comercio exterior.

Este sistema es un instrumento para definir el alcance del control respecto de las operaciones de comercio exterior en cualquiera de sus etapas. Lo anterior, mediante una base de datos que permite medir el riesgo en la observancia de las formalidades y obligaciones aduaneras, tributarias y cambiarias.

Importadores, exportadores y operadores de comercio exterior de confianza

Para obtener la calificación de “confianza” se debe contar con una valoración de riesgo bajo, emitida por el Sistema de gestión del riesgo de la DIAN y acatar las siguientes condiciones, haber efectuado:

  • importadores y exportadores:
  • operaciones superiores a 12 declaraciones aduaneras de importación o exportación semestrales en los dos años inmediatamente anteriores a la calificación, y
  • operadores de comercio exterior:
  • al menos 24 operaciones de comercio exterior semestrales, durante los dos años inmediatamente anteriores a la calificación

Beneficios de la certificación de confianza

Para efectos del artículo 35 del Decreto número 390, la DIAN puede otorgar a los importadores, exportadores y operadores de comercio exterior de confianza, los siguientes ejemplos de tratamientos especiales, según la calificación otorgada:

  • efectuar el pago: consolidado de derechos e impuestos, y diferido de los derechos e impuestos a que haya lugar
  • reducir las garantías para respaldar la observancia de algunas obligaciones aduaneras
  • realizar operaciones de exportación en el domicilio del exportador
  • constituir garantías globales
  • utilizar un desaduanamiento abreviado2, y
    declarar el régimen de tránsito sin restricciones de aduana de partida o lugar de destino

Micro, pequeñas y medianas empresas

Estas pueden adquirir la calificación de confianza, si cumplen con el número de declaraciones aduaneras o las operaciones señaladas anteriormente.

Conclusión

La gestión y análisis de riesgos de las operaciones de comercio exterior, aunado al uso de herramientas de inspección de equipo no intrusivo, las auditorías electrónicas continúas y la explotación de información anticipada, son factores que propician la confianza de la autoridad en los importadores y exportadores. Lo que podría facilitar la implementación del despacho anticipado de mercancías.

La figura del importador y exportador confiable en Colombia es un ejemplo para nuestro sistema aduanero en México, que va más allá de un perfil de cumplimiento fiscal-contable, de montos de inversión, de número de empleados, de valor de activos fijos, entre otros; que se tendría que valorar si pretendemos avanzar realmente en materia aduanera y de comercio exterior.