Calendarice los días que no podrá hacer gestiones ante la SE

Considere los días que no laboraran las unidades administrativas de la SE, y anticipe trámites de comercio exterior

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 .  (Foto: iStock)

Para realizar operaciones de comercio exterior es necesario, entre otros requisitos, cumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias (RRNA´); exigencias que las dependencias gubernamentales establecen para regular el ingreso o salida del país de ciertos productos.

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Ejemplo de estas son los avisos automáticos que la Secretaría de Economía (SE) requiere para importar definitivamente acero; y que más adelante, también se solicitarán cuando este producto sea destinado a los regímenes aduaneros de: importación temporal; depósito fiscal; elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado; y recinto fiscalizado estratégico.

Esos avisos se presentan de manera personal (ventanilla de atención al público de la Representación Federal de la SE); o electrónica (Ventanilla Digital).

La gestión debe efectuarse en días hábiles, entendiéndose por estos: todos los días del año, con excepción de sábados y domingos, así como los que las disposiciones legales y el Acuerdo de la SE señalen como inhábiles.

Para evitar contratiempos en la gestión del aviso automático de importación del acero –y demás relacionados con las operaciones de comercio exterior–, debe considerarse que en atención al Acuerdo de la SE publicado en el DOF del 31 de enero de 2019, esta dependencia suspenderá labores el:

  • 4 de febrero (lunes), en conmemoración del 5 de febrero
  • 18 de marzo (lunes), en conmemoración del 21 de marzo
  • 18 y 19 de abril (jueves y viernes santos), y
  • 18 de noviembre (lunes)