Poliéster fibra corta ya no pagará cuotas compensatorias

La SE concluyó que no existen elementos que den lugar a continuación o repetición del dumping

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 .  (Foto: iStock)


El 16 de agosto de 2018 la Secretaría de Economía (SE) publicó en el DOF la “Resolución que declaró el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de poliéster fibra corta (PFC) originario de Corea”, en la que fijó los periodos de examen y de análisis, del 1o. de julio de 2017 al 30 de junio de 2018, y del 1o. de julio de 2013 al 30 de junio de 2018.

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A través de esa resolución la dependencia convocó a productores nacionales, importadores, exportadores y otros a comparecer en forma y tiempo para presentar los argumentos y las pruebas que estimaran pertinentes para sustentar que, de eliminarse las actuales cuotas compensatorias definitivas aplicables a las importaciones originarias de Corea se continuaría con el dumping.

Durante el desarrollo del procedimiento administrativo la SE valoró la información y las pruebas presentadas por las partes interesadas –incluida la defensa del gobierno coreano a quien se le notificó también del inicio del examen referido–, y llegó a la conclusión de que no contó con los elementos necesarios, basados en pruebas positivas, para sustentar que, de eliminarse las cuotas compensatorias, continuaría o se repetiría el dumping; y que resultaba improcedente pronunciarse sobre el daño a la rama de la producción nacional.

Derivado de ello la dependencia resolvió concluir dicho examen y eliminar –a partir del 17 de agosto de 2019– las cuotas compensatorias que tiene impuestas en los siguientes términos:

  • 3.74 %, a las producidas y exportadas por Sam Yang Co. Ltd. (Sam Yang)
  • 4.49 %, para las producidas por Cheil Synthetics, Inc. y exportadas por Samsung Co. Ltd.
  • 14.81, a las producidas por Sam Yang y exportadas por Daewoo Co., y
  • 32 %, a las demás importaciones de Corea

Así lo dio a conocer en la resolución final que publicó en DOF del 16 de agosto de 2019.