Economía perdona cuotas compensatorias por pandemia
Revise cuales son las mercancías por las que no se pagará cuotas compensatorias por un año
Comercio Exterior
La Secretaría de Economía (SE) impuso una cuota compensatoria definitiva de 0.532 dólares por kilogramo a las importaciones de poliéster filamento textil texturizado (PFTT), originarias de la China e India; sin embargo, esta no se aplicará por un año por circunstancias extraordinarias.
Ello es debido a que la industria textil resintió efectos negativos en sus indicadores de desempeño –derivado de la contingencia sanitaria por la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)–, por lo que, de conformidad con el artículo 9.1 del Acuerdo Antidumping, dicha dependencia decidió no aplicar esa cuota compensatoria en los términos apuntados.
Así lo determinó la SE en la Resolución Final del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de poliéster filamento textil texturizado originarias de la República Popular China y de la República de la India, independientemente del país de procedencia, publicado en el DOF –edición vespertina– del 29 de septiembre de 2021.
El año por el que no se aplicará esa cuota compensatoria es a partir de la publicación de esta resolución en el DOF.