Ferrosilicomanganeso con examen de vigencia de cuota compensatoria
Revise cuál es la cuota compensatoria que se pagará mientras se tramita el procedimiento
Comercio Exterior
La Secretaría de Economía (SE) declaró el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de ferrosilicomanganeso, originario de la India.
Tómese en cuenta que mientras se tramita ese procedimiento de examen, se tendrá que seguir pagando la cuota compensatoria definitiva de 40.25 % por las importaciones de esa mercancía, ya sea que ingrese al país bajo el régimen aduanero de importación definitiva o temporal, e incluso al amparo de la Regla Octava.
El producto objeto de examen es el ferrosilicomanganeso, conocido comercialmente como o silicomanganeso.
Así lo dio a conocer la SE en la “Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de ferrosilicomanganeso originarias de la República de la India, independientemente del país de procedencia”, del DOF del 5 de octubre de 2021.