CFDI de exportación ¿Puede expedirse en inglés?

Tratándose de ventas de mercancías para exportación, el enajenante puede expedir al comprador el comprobante fiscal digital por internet

Por primera vez vamos a llevar a cabo una venta de exportación a los Estados Unidos de América (EUA) y el cliente nos está pidiendo que emitamos la factura en idioma inglés, por así solicitarlo su departamento de compras, pero estamos indecisos de atender esta solicitud, pues creemos que podríamos tener algún problema con el fisco, qué nos pueden decir al respecto, existe algún fundamento que disponga que las facturaciones al extranjero pueden elaborarse en un idioma distinto al español

Es común que las empresas extranjeras soliciten los comprobantes fiscales de las compras realizadas a nuestro país en un idioma distinto al español, y aun cuando no hay un fundamento que establezca de manera específica que “las facturaciones al extranjero pueden hacerse en un idioma distinto al español”, no habría ningún inconveniente para ello.

Esto es, tratándose de ventas de mercancías para exportación, el enajenante puede expedir al comprador el comprobante fiscal digital por internet (CFDI) en idioma español, y en otro distinto cuando así se pacte entre las partes, por lo que podría aceptarse la petición del cliente.

En ese caso, al CFDI se acompañará de su traducción en español por perito traductor autorizado por la autoridad competente, para cualquier aclaración posterior.

Ambos documentos de la operación efectuada se conservarán como parte de la contabilidad por el plazo de cinco años (arts. 30, CFF y 33, inciso B, fracc. XI, Reglamento del CFF; y regla 2.8.1.2., RMISC 2022).