¿Reformas a control de precursores químicos pueden afectar a empresas?
La multas serán equivalente al 10% de los ingresos obtenidos con dichas actividades
Comercio Exterior
La Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos, le ha dado mayor poder a las instituciones para controlar los procesos relacionados con los químicos, lo cual incluye evitar su importación, almacenaje, comercialización y desvío.
Sin embargo, el Socio del Grupo de Industria de Ciencias de la Vida del despacho Sánchez Devanny, Alberto Campos Vargas, aseguró que “por buscar hacer algo positivo, sin el análisis previo necesario, se va a afectar a la industria legal, que no tiene relaciones comerciales con el crimen organizado”.
El experto apuntó que estas organizaciones se verán afectadas aun cuando no tienen relación con “personas físicas o morales que lleven a cabo actividades con un corte de naturaleza ilegal”, ya que hay mercancías que de acuerdo a su clasificación arancelaria, solo pueden importarse o exportarse a través de algunas aduanas.
Y ahora, con la reforma, “ya no podrán ser llevadas a cabo las operaciones de importación”, lo cual derivará en costos logísticos, pues la Cofepris estará a cargo de confirmar la veracidad y concordancia de las actividades que se reporten, algo complejo ya que “la actividad comercial o industrial puede no ser tan clara, o tan transparente como la autoridad quisiera que fuera”.
El experto añadió que las empresas deberán establecer de forma expresa su objeto social y estar al pendiente de los requerimientos de las autoridades si es que surgen cambios administrativos, además, tendrán la obligación de recabar información de las personas con las que lleven a cabo operaciones reguladas.
Asimismo, dichas reformas establecen que “un número importante de autoridades serán parte de la verificación del cumplimiento y la implementación de esta ley”, la más relevante la Cofepris, que podrá solicitar a las personas físicas o morales información, documentación y datos relacionados con las actividades reguladas que lleven a cabo.
Si bien, el objetivo es poner un frene al tráfico de drogas como el fentanilo, que aunque es ilegal, está fabricada con componentes que pueden tener un uso legal, los ajustes a la ley también establecen que si hay personas morales que realicen actividades reguladas, no incluidas en su objeto social, serán multadas por el 10% de los ingresos obtenidos con dichas actividades.
Por su parte, el experto Alberto Campos compartió que “los productos químicos pueden ser utilizados por muchísimos tipos de empresas”, pero si no se tiene una referencia específica en el objeto social del uso de estos productos (que van a ser cambiantes), habrá sanciones económicas y será difícil que la autoridad determine “cuáles son los ingresos específicos que tiene la empresa por estas actividades”.
Asimismo, la reforma establece que en el caso de las personas que desvíen o hagan uso de precursores químicos o químicos esenciales, tendrán sanciones que van de los 10 a los 15 años de prisión, más la multa ya señalada, y si se falsifican o alteran autorizaciones, permisos de exportación, etc., la pena será de 8 a 15 años de prisión.
Finalmente, Campos Vargas añadió que las reforman implicarán “que las empresas tengan complicaciones para implementar todos los requisitos y ajustar sus estructuras corporativas” que incluyen documentación y controles.