Certificado de origen ¿para todo el embarque?

El certificado de origen de mercancías se expide a petición del importador acompañándolo de la factura correspondiente

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 .  (Foto: IDC online)

Desde hace tiempo enajenamos papel en diferentes tipos (Bond, térmico y sensitivo) a un cliente de Guatemala, por los cuales expedimos los certificados de origen correspondientes, pero, en esta ocasión, nos pide el documento únicamente para el papel Bond, pues los restantes están exentos de pago de IGI en ese país. Al comentarlo con el agente aduanal, señala que es incorrecto y debe expedirse el certificado por los tres productos relacionados en la factura, ¿cómo debemos proceder?

Si bien los Tratados de Libre Comercio (TLC´s) suscritos por México otorgan el beneficio de aplicar preferencias arancelarias cuando se trata de bienes originarios de las partes contratantes, si cuenta con el documento que lo acredita (certificado de origen), también lo es que éste se entrega a petición del importador (artículo 7-03, del TLC del Triángulo de Norte, del cual Guatemala es parte).

Por lo tanto, si la decisión de su cliente guatemalteco es que sólo por el papel Bond se expida el certificado de origen, no existe impedimento legal para no cumplir con ese requerimiento, y para evitar controversias podría facturar por separado el producto al que se acompañará el certificado de origen respectivo.