Equivalencias de NOM´s ¿ilegales

Los acuerdos de equivalencias de las NOM´s de productos electrónicos estarán vigentes hasta en tanto la corte no resuelva lo contrario

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 .  (Foto: IDC online)

Diversos Senadores solicitaron a su Cámara que promueva una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, contra los Acuerdos de equivalencia de Normas Oficiales Mexicanas (NOM´s) a diversos productos electrónicos de uso doméstico y de oficina, así como de equipo de procesamiento de datos, sujetos a las NOM-019-SCFI-1998, NOM-016-SCFI-1993 y NOM-019-SCFI-1998, respectivamente, y la Vigésima Modificación al Acuerdo por el que la Secretaría de Economía (SE) emite reglas y criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, emitidos por la SE en el DOF el 17 de agosto de 2010.

Con estas disposiciones México abrió y agilizó las importaciones norteamericanas de aparatos electrónicos sin la obligación de cumplir con esas NOM´s, pues a través de los Acuerdos se dan por equivalentes las certificaciones correspondientes que apliquen las autoridades norteamericanas y canadienses a esos bienes.

No obstante que las disposiciones en cuestión fueron realizadas en apego al Capítulo IX del Tratado de Libre Comercio de América del Norte denominado “Medidas relativas a la normalización”, en particular, las correspondientes a cooperación regulatoria, algunos Senadores consideran que al haber emitido estos Acuerdos de equivalencia, el Secretario de Economía violentó la Constitución Mexicana por haber ignorado lo dispuesto por las Leyes Federales sobre Metrología y Normalización y de Procedimiento Administrativo, que prevén los mecanismos y procedimientos para establecer este tipo de reglas y normas como son las NOM´s, las cuales, para su creación, consideran los puntos de vista de diversos sectores como la industria, academia, y demás interesados en estas regulaciones.

Independientemente de lo expuesto, lo cierto es que jerárquicamente los tratados internacionales están por arriba de las leyes domésticas; además, mientras no se promueva la solicitud y la Corte resuelva lo conducente en su momento, esos Acuerdos están vigentes y tienen aplicación a partir del pasado 24 de agosto de 2010