Importación temporal para mantenimiento

Las partes reemplazadas al dar mantenimiento a un equipo, deben retornarse al extranjero, destruirse o importarse en forma definitiva

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 .  (Foto: IDC online)

Si tiene equipos importados temporalmente, propiedad de residentes en el extranjero, que requieren de mantenimiento o reparación en territorio nacional, recuerde que, previa autorización de la aduana de entrada, puede introducir temporalmente al país las partes y refacciones para lograr ese cometido.

La autorización se solicitará a través del formato oficial “Solicitud de autorización de importación temporal de mercancías destinadas al mantenimiento y reparación de las mercancías importadas temporalmente”, acompañada de una carta de quien tenga esos bienes bajo su custodia en el país, en la que asuma la responsabilidad solidaria de los créditos que lleguen a derivarse, en caso de que las mercancías reemplazadas no sean retornadas al extranjero, destruidas o importadas en forma definitiva.

Las mercancías destinadas al mantenimiento no deberán retornarse al extranjero, pero, las partes o refacciones reemplazadas sí, o en su caso, destruirse o importarse en forma definitiva antes del vencimiento de su plazo de permanencia en el país.

Los importadores tendrán que registrar en su contabilidad, por cada mercancía importada temporalmente, la descripción de las partes o refacciones reemplazadas, la fecha y aduana de retorno, así como los datos del aviso de destrucción o del pedimento de importación definitiva (artículos 106, antepenúltimo párrafo de la Ley Aduanera y 146 de su Reglamento, y regla 4.2.13. de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2010).