Quienes importen máquinas desmontadas o líneas de producción completas o construcciones prefabricadas en más de un vehículo, no estarán obligados a pagar el Derecho de Trámite Aduanero (DTA), por las copias del pedimento de importación que presenten anexas al embarque de cada vehículo, furgón o carro tanque de ferrocarril utilizados en el transporte de esos bienes desmontados desde su ingreso a territorio nacional hasta su llegada al punto de destino (regla 5.1.5. de las RCGCE 2010).
No DTA en copias de pedimentos
Revisa los casos en que no tendrás que pagar el derecho de trámite aduanero por las copias de pedimentos