Estará en la lista si omitió el reporte IMMEX

Se cancelará el programa IMMEX a quienes no presenten el reporte de operaciones de comercio exterior a más tardar en agosto

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 .  (Foto: IDC online)

El 31 de mayo de 2011 venció el plazo para presentar el reporte anual de operaciones de comercio exterior 2010 de las empresas con Programa de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX), por lo que durante junio la Secretaría de Economía (SE) comenzará a suspender temporalmente el programa a quienes lo hubieran omitido.

La suspensión implicará que el titular del programa no podrá importar temporalmente hasta en tanto no cumpla con esa obligación, para ello cuenta hasta el último día hábil de agosto para presentar extemporáneamente el reporte; de no hacerlo, el programa será cancelado definitivamente a partir del 1o de septiembre de 2011 (artículos 25 y 27, Decreto IMMEX).

Independientemente de lo anterior, debe tomarse en cuenta que la omisión del reporte se considera una falta administrativa cuya consecuencia es la imposición de una multa, conforme lo siguiente, por:

  • no presentarlo y su omisión sea descubierta por la autoridad: $2,049.00 a $3,073.00
  • presentarlo extemporáneamente: reducción del 50% de la multa (artículos 109, 184, fracción I y 185, fracción I de la Ley Aduanera)

Las listas de los nombres de los titulares y números de programas suspendidos y cancelados tanto por omitir el reporte, como por no contar con el Certificado de Firma Electrónica Avanzada; Registro Federal de Contribuyentes (RFC) activo; y no tener los domicilios fiscal y en donde se realizan las operaciones IMMEX inscritos y activos en el RFC, se publicarán en junio y septiembre, respectivamente, en el Diario Oficial de la Federación (DOF).