La SE presentó ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER) el anteproyecto del “Acuerdo por el que se Establece la Clasificación y Codificación de Mercancías cuya Exportación está Sujeta a la presentación de un Certificado de Origen expedido por la Asociación Mexicana de la Cadena Productiva del Café, A.C., y el Procedimiento para la Emisión del Certificado de Origen”, con el cual se pretende actualizar el Acuerdo similar publicado en el DOF del 30 de junio de 2007.
A grosso modo, el Acuerdo contendrá lo siguiente:
Mercancías sujetas a dicha regulación | El café destinado al régimen aduanero de exportación definitiva, siempre que se clasifique en las fracciones arancelarias: 0901.11.01, 0901.11.99, 0901.12.01, 0901.21.01, 0901.22.01, 0901.90.01, 0901.90.99, 2101.11.01, 2101.11.02, 2101.11.99 y 2101.12.01 |
Casos de excepción | La regulación no aplicará a:
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Entidad expedidora del certificado de origen | La Asociación Mexicana de la Cadena Productiva del Café, A.C. (AMCPC) |
Solicitud a presentar | Formatos oficiales de certificado de origen y de Aviso de venta |
Aviso a las autoridades aduaneras | La AMCPC hará del conocimiento a la Administración General de Aduanas, de los nombres y las firmas del personal autorizado para expedir los Certificados de Origen |
Presentación de la documentación al despacho aduanero | El exportador presentará ante la aduana, junto con el pedimento de exportación respectivo, el Certificado de origen válido, debidamente firmado y sellado. La aduana sellará y fechará el mencionado Certificado, así como las copias, reteniendo para su envío a la AMCPC la de color verde, junto con copia de talón, guía o conocimiento de embarque correspondiente |
Una vez dictaminado el Acuerdo, entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, fecha en la que se abrogará el Acuerdo similar, y mantendrá vigente en todos sus términos el Manual de Procedimientos para el Sistema de Avisos de Venta y Certificados de Origen del Café.