Transponders para el CAAT

En el parabrisas de los vehículos de carga se instalarán dispositivos de identificación de radiofrecuencia

.
 .  (Foto: IDC online)

Las empresas de autotransporte terrestre y los propietarios de vehículos de carga que necesiten obtener el registro del Código Alfanumérico Armonizado del Transportista (CAAT), deberán instalar el dispositivo de identificación de radiofrecuencia (transponder –tag o etiquetas–) en cada unidad y capturar electrónicamente el número en el Sistema de Registro de Transportistas (SIRET), así como la demás información requerida al efecto en dicho registro.

El transponder reunirá las siguientes características tecnológicas:

  • etiqueta adhesiva (Windshield Sticker Tag)
  • frecuencia de operación UHF 860-960 MHZ
  • distancia de lectura 10 m / 32.8 ft
  • dimensiones propuestas 85.6x54x0.6 mm/3.4x2.1x0.02 in
  • temperatura de operación -10°C a + 80°C / 14°F a 176°F
  • protocolo ISO 18000-6B

El dispositivo se adherirá al parabrisas del vehículo de carga.

Quienes tengan unidades con el transponder utilizado por el Bureu of Customs and Border Protection, pueden emplearlo para dar cumplimiento con la obligación (regla 2.4.6., fracción III, inciso i, y Apéndice 22 del Anexo 22 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior –RCGCE– 2010).

Al tratarse de un identificador de radiofrecuencia, la Administración General de Aduanas (AGA) podrá reconocer al operador del tractocamión y al transportista que está llevando a cabo la operación de comercio exterior.

Para obtener mayor información, los interesados deberán acudir a su Cámara o Asociación.