Mercancía que pasa a propiedad del fisco

Retorne en tiempo los bienes importados temporalmente y evite multas administrativas y que pasen a propiedad del Fisco

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 .  (Foto: IDC online)

Importamos temporalmente al amparo del programa IMMEX accesorios para la elaboración de vestidos, pero debido a un incorrecto manejo del control de inventarios, las prendas no se retornaron dentro del plazo autorizado. La autoridad, en el ámbito de sus facultades de comprobación, descubrió esta omisión, determinó las sanciones correspondientes y, además, señala que las mercancías pasarán a propiedad del fisco federal, ¿procede esta resolución?

Es acertado el criterio, toda vez que se comete una infracción al no retornar al extranjero los bienes importados temporalmente, dentro de los plazos de permanencia permitidos (18 meses), si este hecho es descubierto por la autoridad, y procede, por lo tanto, una multa que va del 130% al 150% de los impuestos al comercio exterior omitidos, y  además, los bienes pasan a propiedad del fisco federal (artículos 182, fracción II, 183, fracción III y 183-A, fracción VII de la Ley Aduanera –LA–).