Evite discrepancias en cartas de crédito

Antes de solicitar la carta de crédito, pacte la operación y entregue documentación e información idónea, con ello evitará elevar sus costos

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 .  (Foto: IDC online)

Adaptarse a los cambios derivados de la globalización e inestabilidad de los mercados internacionales, es un factor importante para contactar con proveedores que ofrezcan mejores condiciones, precios competitivos y seguridad en las operaciones comerciales. La preocupación de las empresas sobre los riesgos que representan la exportación e importación de bienes radica, entre otras circunstancias, por los diversos idiomas, monedas; las distancias geográficas, variedad de legislaciones y existencia de riesgo país. Esto dio como resultado los diferentes medios de pago internacionales, en los cuales intervienen dos o más personas para dar mayor seguridad a la operación realizada.

Así, la desconfianza entre las partes puede mitigarse con un intermediario que garantice el pago de las operaciones comerciales, más aún si se trata de un banco que lo haga por el pago de las mercancías exportadas, ante ello, hoy más que nunca es de suma importancia la comunicación entre las empresas exportadoras e importadoras y las instituciones bancarias, razón por la cual, y a efecto de complementar la parte práctica de la contratación de las cartas de crédito, tema presentado en la edición anterior (IDC 163, de fecha 15 de octubre de 2011), la licenciada María Sonia González López, sub-director de comercio exterior de CIBanco, S.A., especialista en la contratación de cartas de crédito y miembro de la Comisión de Banca de la Cámara de Comercio Internacional (CCI), comenta y resuelve diversas inquietudes, bajo la siguiente premisa:

Los importadores solicitan con frecuencia a los bancos emisores, pagar la carta de crédito una vez que el importador hubiera revisado la mercancía y se encuentre de acuerdo con lo solicitado o pactado dentro del contrato de compraventa o factura proforma, por lo que las cartas de crédito son “documentarias” y solamente a través de los documentos es como los bancos pueden certificar la presentación conforme de los mismos y efectuar el pago, por consiguiente no son responsables de las mercancías.

¿Entonces cómo se podría eliminar el riesgo de las mercancías, si los bancos únicamente revisan los documentos de embarque?

Sería solicitando un certificado de inspección en la bodega del vendedor o en el punto de embarque, ya sea por la calidad, cantidad, tipo de mercancía, etcétera (etc.), y para que el documento sea más confiable, tendría que emitirse por un inspector independiente al exportador. Esto le proporcionará tranquilidad al importador al saber que no solamente en los documentos se plasma la clase de las mercancías, sino también se observa en forma física.

¿Por qué elegir una carta de crédito como medio de pago internacional confiable?

Por el grado de seguridad que representa para las partes, al estar respaldadas por instituciones financieras, pues permite al:

  • importador/comprador/ordenante, recibir la mercancía sin pagar anticipadamente y el debido cumplimiento de las condiciones previamente pactadas con el vendedor
  • exportador/vendedor/beneficiario, recibir el pago de su mercancía si cumple con los términos y condiciones solicitados en la carta de crédito

¿Cuál de sus modalidades, es la más recomendable y por qué?

En la práctica y por la seguridad del pago de las mercancías que representan para el proveedor-exportador, son las cartas de crédito en la modalidad de “confirmado”, en virtud de lo siguiente:

  • el exportador/vendedor/beneficiario al exportar y presentar los documentos requeridos en la carta de crédito al banco confirmador, quien determina el cumplimiento de los términos y condiciones expresados en ella, pagará al beneficiario con sus propios recursos aun sin contar con los fondos del banco emisor

¿Cuánto cuesta aperturarla?

No existe un tabulador de montos por la apertura de contratación de una carta de crédito, ello dependerá de la calificación de riesgo del importador/comprador/ordenante, por lo tanto, será la institución financiera quien lo determine de acuerdo con el mercado.

¿Cuáles son los requisitos para contratarla?

Para aperturar una carta de crédito se requiere que el solicitante:

  • tribute como persona moral o persona física con actividad empresarial
  • sea cliente de la institución financiera
  • suscriba la solicitud “contrato de cartas de crédito o crédito documentario”, la cual, en su caso, deberá firmarse por el representante legal
  • tenga una línea de crédito calificada por la institución financiera o con provisión de fondos en el evento de no contar con ella

¿Cuáles son sus plazos de vigencia? ¿Pueden refinanciarse?

Los plazos podrán ser como máximo hasta por 180 días, sin embargo, dependerá de la fecha de embarque acordada y de la presentación de documentos al banco corresponsal. En la práctica se emiten con un promedio de entre 30 y 90 días para que el exportador/vendedor/beneficiario pueda realizar el embarque y presentar los documentos a su banco para obtener el pago.

También a través de una carta de crédito el importador puede obtener financiamiento directamente del vendedor, ya que el exportador tendrá garantizado su pago al vencimiento del plazo o podrá obtenerlo anticipadamente si así lo acuerda con su banco.

Si el ciclo comercial o productivo lo requiere, se podría obtener refinanciamiento a la carta de crédito, previa aprobación de una línea de crédito al importador por su banco (el emisor). Este plazo puede ser adicional al otorgado por el exportador.

¿Cuáles recomendaciones se harían para evitar los errores más recurrentes en la elaboración de este medio de pago?

En la práctica, previo a la emisión de una carta de crédito, se han detectado diversas circunstancias por parte de los solicitantes, que han repercutido en errores u omisiones en su llenado, por ello es importante tomar en cuenta lo siguiente para evitarlo:

  • pactar entre las partes las condiciones de embarque, documentos, fechas, términos de venta, lugar de embarque y destino, condiciones especiales, etc., de tal manera que cuando reciba el beneficiario la carta de crédito, pueda embarcar y cumplir con las condiciones estipuladas.
    Suele encontrarse solicitudes de emisión de cartas de crédito, únicamente con una orden de compra con datos mínimos, lo cual denota falta de comunicación entre comprador y vendedor
  • elaborar las facturas comerciales correctamente, en la que se indique la descripción genérica de la mercancía sin incluir detalles excesivos o relacionarlos, por ejemplo, “…en términos de la cláusula a) del contrato de compra venta…”, toda vez que al no ser obligación del banco revisar los contratos, o las órdenes de compra, no podría determinarse el contenido de las cláusulas para apreciar si cumple o no con las condiciones o descripción de la mercancía mencionada
  • revisar que el certificado de calidad indique quién lo emite y el contenido de calidad que requiere mostrar el documento
  • verificar que los comprobantes de transporte según el medio (conocimiento de embarque, guía aérea o carta porte) mencionen el lugar de embarque y de destino incluyendo el país que se esté vinculando. Ello es indispensable y debe precisarse, pues existen puertos con nombres iguales, pero en diferentes naciones
  • determinar en donde terminan las obligaciones y responsabilidades del vendedor y en donde inician las del comprador, para estipular el Incoterm adecuado para cada operación. Al no tener claros estos conceptos puede realizarse una cotización de mercancías con un Incoterm para embarque marítimo cuando será realizado por vía terrestre; por ejemplo, anotar un FOB terrestre, lo cual es incorrecto pues éste es solamente utilizado para embarques marítimos

Cuando los documentos son emitidos por el propio exportador/vendedor/beneficiario, pueden corregirse antes de su presentación al banco, o bien, una vez entregados y éste observa alguna inconsistencia en ellos, siempre que se encuentre dentro de la vigencia de la carta de crédito, por ende, es recomendable presentarlos antes de la fecha límite de presentación de documentos y de la validez de la carta de crédito.

En el caso de aquéllos emitidos por terceros, si existiere alguna corrección, la misma deberá ser autenticada por el emisor, ya que no se autorizan correcciones o alteraciones sin que sean validadas por él.

¿A quién le cuesta y cuánto, las inconsistencias de la carta de crédito?

Los costos serán por cuenta del exportador/vendedor/beneficiario (a menos que se especifique lo contrario), quien es la persona que emite o solicita la emisión de los documentos de embarque. Se llaman así a los documentos requeridos en la exportación como la factura comercial, evidencia de embarque, lista de empaque, lista de peso, certificado de origen, entre otros.

Respecto al costo, hay bancos que cobran una comisión por discrepancia o inconsistencia por cada documento (factura, B/L’s, certificados, etc.) y otros que cargan una sola comisión por todas las discrepancias o inconsistencias encontradas en los documentos presentados.

Para llevar una buena administración de este instrumento financiero y evitar costos innecesarios, ¿qué recomendaciones deben seguir los participantes?

Es muy importante que previo a la emisión de una carta de crédito, se acuerde entre las partes (comprador y vendedor) las condiciones de embarque, importe de la mercancía, si se otorgó algún pago anticipado (la propia factura lo puede mostrar), qué documentos serán presentados, cuáles están solicitando el agente aduanal o las entidades gubernamentales por el tipo de producto a importar, fechas, términos de venta, lugar de embarque y destino, condiciones especiales, etc., de tal manera que cuando reciba el beneficiario la carta de crédito, pueda embarcar la mercancía y cumplir con las condiciones estipuladas y el importador pueda retirarlas sin contratiempos cuando llegue al país de destino, evitando de esta forma costos por almacenaje en la aduana, en tanto no se pueda internar la mercancía al país.

Asimismo, es preciso que las áreas de ventas de las empresas exportadoras compartan la información de las cartas de crédito o los contratos o facturas proformas, con las de tráfico y logística, pues son quienes emiten la mayoría de los documentos y dan las instrucciones de embarque, de esta forma las discrepancias se minimizarán.

Si se cuida lo anterior, los ahorros para el importador y exportador serían significativos al no tener que pagar costos por modificación, discrepancias o inconsistencias.

En CIBanco se proporciona la asesoría necesaria para el correcto llenado de la solicitud contrato de carta de crédito, donde se estipulan las condiciones previamente pactadas y se cuida que sean consistentes a las reglas y usos uniformes para créditos documentarios UCP600 de la CCI, esto podría garantizar que el documento sea realmente una forma segura de pago y que el exportador/vendedor/beneficiario lo obtenga en los tiempos estipulados.

COROLARIO

Ante la importancia de la carta de crédito como medio de pago internacional, las empresas exportadoras e importadoras no deben dejar de lado la comunicación con las instituciones bancarias emisoras, pues de ello dependerá que su contratación no resulte gravosa para la compañía y se logre el fin para lo que se contrató: cumplir y recibir el pago de las mercancías conforme lo negociado.

Por ello se recomienda acercarse a aquéllas que no sólo proporcionen este tipo de instrumentos, sino que otorguen, de acuerdo con sus necesidades, el servicio de asesoría para elegir la forma más segura de pago.