Interés jurídico de la parte importadora

El importador cuenta con interés jurídico para entablar juicio porque la autoridad debe informarle la resolución del procedimiento de verificación de origen

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 .  (Foto: IDC online)
Revista del Tribunal Federal de Justicia Fiscal... -

CASOS EN LOS CUALES LA PARTE IMPORTADORA CUENTA CON INTERÉS JURÍDICO PARA PROMOVER JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA CON LA QUE CULMINA EL PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DE ORIGEN DE LOS BIENES IMPORTADOS, CONTENIDO EN EL ARTÍCULO 506 DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE.- El artículo 506 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, establece que el procedimiento de verificación de origen de los bienes importados únicamente se entenderá con el exportador o productor; en consecuencia, cuando la resolución que emita la autoridad determine que cierto bien importado al territorio, no calificó como originario de acuerdo con la clasificación arancelaria o con el valor aplicado a uno o más materiales utilizados en la producción del bien, y ello difiera de la clasificación arancelaria o del valor aplicados a los materiales por la parte de cuyo territorio se ha exportado el bien, la autoridad estará obligada a notificar la resolución final del procedimiento de verificación de origen al importador; razón por la cual, únicamente cuando se configuran dichas hipótesis, la parte importadora cuenta con interés jurídico para promover juicio contencioso administrativo en contra de la resolución con la que culmina el procedimiento de verificación de origen de los bienes importados, en virtud de que es la que directamente le causa perjuicio, al coartarle la posibilidad de realizar una importación de determinados bienes al amparo del trato arancelario preferencial que otorga el Tratado de Libre Comercio de América del Norte y da lugar a que se le finque un crédito fiscal a su cargo por las diferencias del impuesto de importación.

Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1834/10-03-01-8/2637/10-S1-02-03.- Resuelto por la Primera Sección de Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 15 de marzo de 2011, por mayoría de 3 votos a favor y 2 votos con los puntos resolutivos.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretaria: Lic. Beatríz Rodríguez Figueroa.

Fuente: Revista del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Sexta Época, Año IV, Núm. 42, p. 158, VI-TA-1aS-39, junio de 2011.