Exportación de mineral sólo con Padrón

Solo quienes estén inscritos en el Padrón sectorial de Exportadores podrán realizar actividades de exportación de minerales de hierro

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 .  (Foto: IDC online)

Para exportar minerales de hierro conocidos como hematites y magnetita, clasificados en las fracciones arancelarias 2601.11.01 y 2601.12.01, se deberá estar inscrito el Padrón de Exportadores Sectorial. La obligación entró en vigor a partir del 11 de noviembre de 2011 (Anexo 10, reformado en la Segunda Modificación a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior –RCGCE– 2011, en el Diario Oficial de la Federación –DOF– de la misma fecha).

Para obtener el registro es requisito:

  • contar con la:
  • tener el domicilio fiscal como localizado en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), o en proceso de verificación por parte de la Administración Local de Servicios al Contribuyentes
  • estar:
  • presentar la “Solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial”, por servicio de mensajería o ante la ventanilla de control de gestión de la Administración Central de Contabilidad y Glosa de la Administración General de Aduanas –AGA– (Avenida Hidalgo No. 77, módulo IV, primer piso, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, DF)
  • Firma Electrónica Avanzada (Fiel)
  • Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida (CIECF)
  • al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, y acreditarlo con una opinión (positiva), la cual podrá obtenerse ingresando al portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) “Mi cuenta” “Reporte de cumplimiento de obligaciones”
  • inscrito y activo en el RFC

Los resultados se darán a conocer a través de la página electrónica del SAT, sección “Servicio al Contribuyente”, apartado “Padrón de Importadores”, en un término no mayor a siete días, contados a partir del siguiente a la recepción de la solicitud o, por mensajería, cuando así se hubiera requerido y anexado la guía prepagada.