Ventanilla Única, ¿obligatoria?

Su uso es opcional, pero una vez que la empieces a utilizar se entiende que aceptas realizar todos tus trámites por esta vía

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 .  (Foto: IDC online)

Al inaugurar las nuevas instalaciones de la aduana de Lázaro Cárdenas, el Presidente de México puso en marcha la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM), herramienta que permitirá realizar en un sólo punto electrónico, todos los trámites de importación, exportación y transito de mercancías.

En nuestro servicio de consultoría hemos recibido llamadas cuestionando si conforme a lo previsto por las reglas 3.1.30. y 3.1.31. de las RCGCE es obligatorio darse de alta como usuario antes del 1o de marzo de 2012.

Al respecto, cabe recordar que el Decreto por el que se establece la VUCEM, precisa que las:

  • dependencias deberán incorporar progresivamente la información que tengan en su poder en materia de comercio exterior, conforme al siguiente calendario: 
Etapa Dependencias Fecha límite
1 SE y AGA 30 de septiembre de 2011
2 SEDENA, SEMARNAT, SAGARPA y SALUD 30 de enero de 2012
3 SENER y SEP 30 de junio de 2012 
  • personas físicas y morales que se realicen sus trámites a través de la VUCEM aceptan que dichos trámites se realicen en su totalidad mediante esa vía, pero no se establece que su uso sea obligatorio, pues se trata de una facilidad que podrán aplicar los contribuyentes que deseen agilizar la realización de sus trámites

Por lo anterior, podemos concluir que su uso no podrá ser obligatorio en tanto no exista una reforma a la Ley Aduanera que establezca lo contrario.