Permiso sanitario de bienes

Para importar este tipo de mercancía se requiere una autorización de la Secretaría de Salud

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 .  (Foto: IDC online)

Las personas que requieran importar mercancías sujetas a regulación sanitaria para destinarlas a su donación, consumo personal, fines de investigación científica, o pruebas de laboratorio, deberán tramitar la autorización sanitaria previa de importación.

Tales mercancías están identificadas por fracción arancelaria en el artículo 1, inciso A, del Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías y productos, cuya importación, exportación, internación o salida, está sujeta a regulación sanitaria por parte de la Secretaría de Salud (Acuerdo de Regulación Sanitaria).

La autorización se solicita ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), a través de la Comisión de Autorización Sanitaria, o de las autoridades sanitarias competentes en las entidades federativas, y tendrá una vigencia de 30 días naturales; pero tratándose de productos frescos y vivos, 15 días. En caso de alerta sanitaria la COFEPRIS modificará el tiempo.

El formato de la solicitud se requerirá a la unidad administrativa responsable del trámite, según el Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites y servicios, así como los formatos que aplica la Secretaría de Salud, a través de la COFEPRIS, inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 19 de junio de 2009.