Recuperación de IGI ¿Con pedimento ajeno?

Sí, anexando la copia del pedimento con el que se extrajo la mercancía o a través de operaciones virtuales

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 .  (Foto: IDC online)

En julio del año pasado una empresa en el extranjero nos envió sus moldes y un equipo para manufacturarle sus productos, los cuales se importaron definitivamente y se garantizaron las contribuciones con una cuenta aduanera.

Ahora que terminó el contrato nos piden entregárselos a su filial que tienen en Monterrey, Nuevo León, la cual se encargará no sólo de exportarlos junto con otros artículos antes de finalizar el 2012, sino de remitirnos copia del pedimento.

Con esa copia ¿Podríamos acreditar el retorno al extranjero y recuperar los impuestos depositados en la cuenta aduanera?

Para reclamar tanto las contribuciones como los rendimientos generados en las cuentas aduaneras el importador deberá exportar los bienes en el mismo estado antes de que venza el plazo de un año, si no pidió previamente una prórroga, y presentar ante el banco o casa de bolsa donde abrió la cuenta aduanera la solicitud correspondiente, anexando la copia del pedimento de exportación con el que extrajo la mercancía del país (arts. 86 de la LA, y 117 y 118 de su Reglamento).

Por lo anterior, al no efectuarse la exportación directa estaría imposibilitado para recuperar los montos por dichos conceptos.

No obstante, existe una posibilidad para recuperar sus contribuciones, si se transfieren los moldes y equipo con operaciones virtuales de exportación e importación con pago en cuenta aduanera, esto es, si se tramita en la misma aduana, a través del agente aduanal, un pedimento de exportación con el cual se retornan virtualmente los bienes importados inicialmente, y quien los recibe gestiona el relativo a la importación definitiva con pago de contribuciones con cuenta aduanera (regla 1.6.31. de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior –RCGCE– 2011).

Si se toma esa alternativa, cada una de las partes podría tener su pedimento de exportación virtual y definitivo correspondiente, y recuperar sus impuestos, respectivamente.