¿Pueden donarse bienes IMMEX?

No es posible donarlos si estos se importaron bajo el programa IMMEX de manera temporal, por lo que deben ser retornados al extranjero

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 .  (Foto: IDC online)

Por equivocación nuestro proveedor mandó bienes textiles distintos a los solicitados, por lo que se comprometió a embarcar inmediatamente los requeridos, y los otros los regalará a la empresa para que disponga de ellos según le convenga.

Como esos bienes se importaron temporalmente con el programa IMMEX y no sirven como insumos para los procesos de los productos que se elaboran, se tiene planeado donarlos a una escuela técnica quien los necesita como materiales de apoyo académico.

En el entendido de que no le costaron a la compañía, y por el hecho de donarlos, ¿quedaríamos eximidos de comprobar su retorno?

No, independientemente que la empresa no hubiera pagado por esos bienes, lo cierto es que los importó temporalmente bajo su programa IMMEX, por lo tanto la compañía se encuentra obligada a retornarlos al extranjero, o en su caso, cambiarlos de régimen, de temporal a definitivo, según los Artículos 108 y 109 de la Ley Aduanera.