Documentación aduanera ¿Al transportista?

Sí, quien traslade los productos importados debe recibir el pedimento o la nota expedida por la autoridad fiscal

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 .  (Foto: IDC online)

Es la primera vez que el agente aduanal nos entregará la mercancía presentada al despacho aduanero para su importación en las instalaciones de su agencia, y será nuestro chofer quien se encargará de subirla al camión propiedad de la compañía para trasladarla hasta nuestro domicilio.

Aun cuando es un trayecto corto ¿Tendríamos que entregarle la documentación relacionada con la mercancía o bastaría con la orden de trabajo del departamento de logística?

Independientemente del tiempo requerido para trasladar las mercancías importadas del domicilio del agente aduanal al del importador, es obligación de su propietario proporcionar la documentación que acredite su tenencia a quienes las transporten, que puede ser:

  • documentación aduanera que acredite su legal importación (pedimento)
  • factura

nota de venta expedida por autoridad fiscal federal o institución autorizada por ésta, o la documentación que acredite la entrega de las mercancías por parte de la SHCP, cuando se trate de remates de aquéllas que pasaron a propiedad del fisco federal

Por lo tanto, para el caso mencionado tendrá que pedirle al agente aduanal que le entregue a su chofer la copia de la Impresión Simplificada del Pedimento en color blanco, que ahora están entregando, derivado del nuevo sistema de Ventanilla Digital.

La copia debe contener la firma electrónica avanzada del agente aduanal que promueve el despacho, así como la leyenda de referencia al pago de las contribuciones mediante el servicio de “Pago Electrónico Centralizado Aduanero” (PECA), de acuerdo con los artículos 29-D del CFF y 146 de la LA, regla 3.1.4. y Anexo 22 de las RCGCE 2011).