Certificado de origen posterior

Si los productos reúnen los requisitos del Acuerdo con ese país se puede pedir el certificado después haberse exportado la mercancía

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 .  (Foto: IDC online)

En mayo enajenamos y exportamos a un cliente peruano un lote de diversos productos, aun cuando ya los tiene en su empresa pide que le enviemos el certificado de origen correspondiente. ¿Se puede hacer?

Los exportadores de mercancías originarias de México pueden solicitar a la Secretaría de Economía la expedición de los certificados de origen, al amparo del Acuerdo suscrito con Perú, independientemente de que las mercancías ya hayan sido recibidas como importación en Perú, de acuerdo con la regla 4, Reglas en Materia de Certificación de Origen del Acuerdo de Integración Comercial entre los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú, DOF del 1o de febrero de 2012.

Por lo tanto, siempre que los productos cumplan con los requisitos de origen previstos en el Acuerdo, se puede acudir a esa dependencia para tramitar el certificado correspondiente y entregarlo a su cliente.