La SE regula la importación temporal realizada por las empresas con un Programa de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX) de ciertos bienes con características específicas, conocidos bajo el nombre de productos sensibles.
Las personas autorizadas para operar un programa IMMEX que requieran importar esos bienes sensibles para incorporarlos en sus productos de exportación, tendrán que solicitar la ampliación de su programa para incluirlos.
Enseguida se presentan a grosso modo los requisitos y el procedimiento aplicable para obtener la autorización ante esa dependencia (arts. 4o y 5o, Decreto IMMEX, regla 3.3.1., Reglas y Criterios de la SE, y art. segundo, frac. V, Decreto por el que se Otorgan Facilidades Administrativas en Materia Aduanera y de Comercio Exterior, publicado en el DOF del 31 de marzo de 2008).
ASPECTOS GENERALES
La SE considera como productos sensibles a los siguientes, identificados por fracción arancelaria en los Anexos relativos, éstos podrán permanecer en territorio nacional por el plazo establecido al efecto:
Anexo | Producto |
Plazo de permanencia hasta |
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I BIS | Azúcar y derivados | Por seis meses | |
I TER | Acero y sus productos | Nueve meses | |
II | Neumáticos usados | 12 meses | |
III | Bienes textiles | 12 meses |
De no retornarse esos bienes dentro del plazo previsto, se considerarán que se encuentran ilegalmente en el país. Si la autoridad detectara esta irregularidad, aplicará las sanciones aduaneras correspondientes (multas, pago de contribuciones omitidas, e incluso que la mercancía pase a propiedad del fisco), y en su caso, la cancelación del Programa IMMEX (arts. 108, 182, frac. II, 183, frac. III, 183-A, frac. VII, LA, y 4 y 27, frac. I, Decreto IMMEX).
Caso práctico
Para ilustrar el trámite de la autorización consideraremos los siguientes datos hipotéticos, para efectos prácticos únicamente se llenarán algunos extractos de la autorización:
Empresa IMMEX, y RFC | CHOCO CANDYS, SA CHC970219-TQ2 |
Representante legal, y RFC | Licenciado Oscar Ordaz Colín ORCO650613-HF3 |
Delegación donde se presenta el trámite | Delegación Metropolitana (Av. Puente de Tecamachalco No. 6, P.B., Col. Lomas de Tecamachalco, Naucalpan, Estado de México, C.P. 53950) |
Producto y fracciones arancelarias, de:
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Azúcar, 1701.12.01, 1701.12.02, 1701.12.03 |
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Dulces y confitería, 17004.10.01 y 17004.90.99 |
PROCEDIMIENTO
El procedimiento para la autorización se hará en términos de las fichas de trámite con Homoclaves SE-03-075 “Ampliación al Programa de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación” (IMMEX), según se trate, modalidad:
- A, sector textil y confección
- B, productos sensibles
La SE a través de la Dirección General de Comercio Exterior (DGCE) expedirá la autorización de ampliación del programa IMMEX para incluir las mercancías que se deseen importar temporalmente.
Formas de presentación
El trámite podrá efectuarse a través de la:
- Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana (VUCEM), en el sitio https://ventanillaunica.gob.mx, se requiere ser usuario de la misma
- en ventanilla de atención al público en la Delegación o Subdelegación de la SE
TRÁMITE ELECTRÓNICO
Tratándose del trámite por VUCEM, basta con hacer la solicitud electrónica, enviar los documentos digitalizados en dicha página, y esperar la emisión de la resolución en el plazo de 10 días hábiles siguientes al envío electrónico, y cinco solo para el caso de los bienes textiles (Acuerdo por el que se reduce el plazo de respuesta de los trámites que se indican, inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios, que aplica la SE, DOF del 25 de septiembre de 2012).
Las pantallas principales de la VUCEM son las siguientes:
1. Ubicar la dependencia
Una vez ingresado a la VUCEM se elegirá el botón correspondiente a la SE, como dependencia encargada del trámite.
2. Buscar por programa
Al hacer click en el Programa IMMEX se desplegará el tipo de solicitud que se pretende realizar, que para el caso planteado es el relativo a la ampliación del mismo.
TRÁMITE PRESENCIAL
1. Elaborar la solicitud
- Internet, www.economia.gob.mx
- ventanillas de atención al público de las Delegaciones o Subdelegaciones o Representaciones Federales de la SE, según corresponda, del domicilio de la planta en donde se lleve a cabo el proceso productivo
Una vez requisitada deberá grabarse en cuatro discos magnéticos de 3.5” de alta densidad o un CD.
El llenado debe realizarse solo en la página principal del formato; las otras páginas se omiten dado que están relacionadas con el trámite de autorización del programa IMMEX.
2. Presentar la solicitud
Como se señaló, la solicitud se presentará en disco magnético de 3.5” o en CD, adjunta de una impresión en original y copia, en la ventanilla de atención al público de la SE; el horario de atención es de 9:00 a 14:00 horas.
3. Recepción de la solicitud
La copia de la solicitud presentada será sellada, foliada y servirá de comprobante para recoger el oficio de autorización o negativa.
4. Esperar la respuesta a la petición
Para todos los casos de autorización de ampliación de programa, la autoridad tendrá un plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud, para emitir la resolución; de no hacerlo se entenderá que fue resuelta en sentido afirmativo (positiva ficta).
De requerirse información faltante, la autoridad la solicitará en un plazo máximo de cuatro días hábiles.
5. Recoger la respuesta
Una vez notificado el oficio de la resolución, se deberá conservarlo para cualquier aclaración posterior.
COMENTARIO FINAL
Tratándose de bienes no identificados por fracción arancelaria en esos Anexos, no deberán incluirse en el Programa, pues bastará con que se trate de los utilizados en los productos objeto de exportación.