Reposición de certificados EUR 1

No, se requieren los originales de esos certificados, o en su caso la reposición de los mismos

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 .  (Foto: IDC online)

Nuestro proveedor alemán nos envió por mensajería los Certificados de Circulación de Mercancías EUR 1 para importar los bienes al amparo de la Decisión 2/2000 (comúnmente conocido como TLCUEM), los cuales nunca llegaron porque fueron robados al personal de esa prestadora del servicio.

Actualmente la mercancía está por llegar a la aduana y le pedimos al proveedor que nos remitiera una copia de los mismos para solicitar la preferencia arancelaria. ¿Bastaría con ello?

No, para solicitar y aplicar la preferencia arancelaria al amparo de ese instrumento comercial deberá contar con los certificados EUR 1 originales. Ahora bien, ante dicha circunstancia podría solicitar a su proveedor que tramite de inmediato un duplicado de éstos ante la autoridad gubernamental que los hubiera emitido.

En caso de que los duplicados de los certificados tarden en llegar, se sugiere importar los bienes y pagar el impuesto general de importación a tasa general; una vez que se tengan los documentos, previa rectificación del pedimento, podrá solicitar la compensación del impuesto pagado de más en una siguiente importación, o en su caso solicitar la devolución como un pago de lo indebido (arts. 122, Reglamento de la LA, y 18, Decisión 2/2000 México-Comunidad Europea, y reglas 2.2.3. y 2.2.4., Resolución en Materia Aduanera de esa Decisión y sus Anexos 1 y 2).