Rechazo infundado del trato arancelario preferencial

No se puede negar el trato arancelario preferencial por existir un error mecanográfico en los documentos que amparen la importación de la mercancía

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 .  (Foto: IDC online)
Revista del TFJFA. Séptima Época, Año II, Núm. ... -

TRATO ARANCELARIO PREFERENCIAL.- NO ES PROCEDENTE NEGARLO POR EXISTIR UN ERROR MECANOGRÁFICO EN LOS DOCUMENTOS QUE AMPAREN LA LEGAL IMPORTACIÓN DE LA MERCANCÍA.- El punto 2 del artículo 28 del Anexo III de la Decisión 2/2000 del Consejo del Acuerdo Interino sobre comercio y cuestiones relacionadas con el comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea, establece que los errores de mecanografía en una prueba de origen, no serán causa suficiente para rechazar el documento, a menos que se trate de errores que puedan generar dudas sobre la exactitud de las declaraciones realizadas en el mismo. Por lo que, si en alguno de los documentos que amparen la legal importación de la mercancía se advierte la existencia de un error mecanográfico, que no se traduzca en dudas sobre la exactitud de lo declarado, como lo sería un error en la cita de uno de los números de pedimento, fecha, o en el campo correspondiente a la clave de sección aduanera, no es dable negar el trato arancelario preferencial, pues dicha circunstancia no es suficiente para restarle valor probatorio al documento que ampare el origen de la mercancía.      

Fuente: Revista del TFJFA. Séptima Época, Año II, Núm. 7, p. 266, VII-P-1aS-97, Registro 27, febrero de 2012