Cuándo importar con Padrón suspendido

Ante la suspensión en el Padrón de Importadores, recurra a una autorización para importar por única vez sus mercancías

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 .  (Foto: IDC online)

Existe una serie de causales por las que las empresas pueden ser suspendidas del Padrón de Importadores General. La suspensión trae como consecuencia el detrimento de las operaciones comerciales y productivas, al quedar imposibilitadas para importar las mercancías.

Ante esa circunstancia, en tanto se corrige la situación ante el Padrón y se gestiona la reincorporación al mismo, podría tomarse la opción de tramitar la solicitud de autorización para importar por única vez, mercancías, siempre que se trate de las clasificadas como explosivas, inflamables, contaminantes, radiactivas, corrosivas, perecederas o de fácil descomposición o animales vivos (arts. 59, frac. IV, LA y 71 de su Reglamento, y regla 1.3.5. de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior 2012). A continuación presentamos el procedimiento para obtenerla, para ello se toma en cuenta un caso hipotético.

PLANTEAMIENTO

A la empresa PELÍCULAS R-X, SA. DE CV., con RFC PER890730LJ6, comercializadora de películas y placas fotográficas para radiografías, ubicada en la Ciudad de México, le fue suspendido el Padrón de Importadores General por haber omitido presentar ante la autoridad fiscal, el aviso correspondiente de cambio de domicilio fiscal efectuado recientemente, por lo que sus mercancías no pudieron despacharse para su importación y el agente aduanal tuvo que dejarlas en depósito ante la aduana hasta en tanto se reactive el Padrón.

PROCEDIMIENTO

1. Identificar si es sujeto de autorización

Lo son las personas físicas y morales obligadas a inscribirse y que se encuentran suspendidas en el Padrón de Importadores General.

2. Obtener el formato oficial y llenarlo

El formato oficial aplicable es la “Solicitud de autorización para importar mercancía por única vez, sin haber concluido el trámite de inscripción o estando suspendidos en el padrón de importadores”, publicado en el DOF del 6 de septiembre de 2012.

El formato debe llenarse a máquina o a mano con letra de molde legible y presentarse en original y copia. Para su llenado es primordial seguir las recomendaciones siguientes y contar con la documentación que las respalde:

  • general, anotar, entre otros rubros:
    • si ha sido suspendido en el Padrón de Importadores
    • nombre completo, la razón o denominación social, así como el RFC del importador
    • domicilio fiscal, así como domicilio para oír y recibir notificaciones
    • personas autorizadas para oír y recibir notificaciones
    • actividades generales a que se dedique el interesado
    • de la mercancías, la:
      • descripción detallada, señalando los datos que permitan su identificación individual (número de serie, parte, marca o modelo), o en su defecto las especificaciones técnicas o comerciales
      • cantidad total de la misma indicando la unidad de medida de comercialización (kilo, gramo, metro, pieza, litro, par, juego, etc.)
    • razón o justificación de la necesidad para realizar el trámite
    • valor de la mercancía según factura
    • aduana por la que ingresará la mercancía
    • fracción o fracciones arancelarias de la mercancía o mercancías a importar
    • naturaleza de la mercancía a importar (explosiva, inflamable, contaminante, radiactiva, corrosiva, perecedera, de fácil descomposición o animales vivos)
  • del representante legal, nombre, RFC y domicilio

La solicitud será firmada de forma autógrafa por el interesado o su representante legal.

3. Anexar la documentación

A la solicitud se anexará la siguiente documentación:

  • copia del documento en donde se avale que la mercancía se encuentra en depósito ante la aduana
  • documentos que acrediten su naturaleza explosiva, inflamable, contaminante, radiactiva, corrosiva, perecedera o de fácil descomposición, o animales vivos
  • copia de la factura o documento que justifique la propiedad de la mercancía a importar, o en su caso, declaración bajo protesta de decir verdad, de ser el legítimo propietario
  • copia del acuse de recibo electrónico del formato “Autorización para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Importadores”, en el que conste la fecha de envío
  • original o copia certificada y copia para cotejo, de la identificación oficial del representante legal o de la persona física quien presente la solicitud
  • copia certificada y copia para cotejo, de la escritura pública o carta poder con la que se acredite la representación legal

4. Presentar la solicitud

Después de haber transcurrido más de cinco días de haber presentado el formato electrónico “Autorización para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Importadores”, y no se hubiera recibido respuesta, se entregará el original en Oficialía de Partes de la Administración Local Jurídica (ALJ)  relativa al domicilio fiscal del importador, o ante la:

  • Administración Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal, sita en: Avenida Reforma 37, Módulo VI, Planta baja, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, DF, o
  • Administración Central de Normatividad Internacional, Avenida Hidalgo 77, Módulo III, Planta baja, Ala norte, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300. México, DF

La autoridad receptora sellará la copia y se la devolverá al interesado.

Recepción de solicitudes

El horario de atención será de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.

La solicitud podrá presentarse personalmente o enviarse a través del servicio de mensajería a la ALJ que corresponda a su domicilio fiscal.

5. Plazo de respuesta

Aun cuando en la disposición y ficha de trámite no se especifica el plazo que tiene la autoridad para dar respuesta al trámite, en la práctica se consideran de cinco a 10 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.

6. Recibir el oficio de autorización

Una vez que la autoridad autorice la solicitud, proporcionará la copia del oficio por el que se solicita a la Administración Central de Normatividad Aduanera, se permita por única vez la importación de la mercancía estando suspendido en el Padrón de Importadores.

7. Girar instrucciones al agente aduanal

Se darán instrucciones al agente aduanal para efectuar el despacho, solicitando la importación de los bienes.

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 -  (Foto: Redacción)

COMENTARIO FINAL

Independientemente de la naturaleza de los productos, se recomienda poner atención en las obligaciones aduaneras y fiscales de la empresa, ya que su incumplimiento podría ser causal de suspensión en el Padrón de Importadores, lo cual truncará sus operaciones en la aduana.