¿Pueden negar el trato preferencial en TLC México-Chile?

Si un importador en su territorio no cumple con cualquiera de los requisitos establecidos en el Capítulo 5 de Tratado se negará el trato arancelario preferencial

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 .  (Foto: IDC online)

TRATO ARANCELARIO PREFERENCIAL CONFORME AL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. CUANDO PROCEDE NEGARLO. De acuerdo con el texto de los artículos 5-02 y 5-03 del tratado mencionado, cada Parte dispondrá que, cuando un importador en su territorio no cumpla con cualquiera de los requisitos establecidos en el Capítulo 5 del mismo, se negará el trato arancelario preferencial solicitado para el bien importado del territorio de la otra Parte. Por tanto, fuera de los requisitos previstos en el referido tratado, no existe motivo para negar el trato arancelario preferencial solicitado.

 

Fuente: Revista del TFJFA. Séptima Época, Año II Núm. 13, p. 176, VII-P-1aS-316, Tesis, Registro 27, agosto de 2012