Reactivan el segundo reconocimiento

Es una de las etapas del despacho aduanero en la que los dictaminadores practican una segunda revisión para examinar las mercancías

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 .  (Foto: IDC online)

En 2011 las autoridades aduaneras hicieron una declaración muy importante para la comunidad del comercio exterior: La eliminación del segundo reconocimiento, cuya primera fase iniciaría en septiembre u octubre de ese año en las aduanas más importantes del país, y cuyo ciclo concluiría a finales del 2012.

Cabe recordar que el segundo reconocimiento es una de las etapas del despacho aduanero en la que los dictaminadores aduaneros (empresas particulares concesionadas) practican una segunda revisión para examinar las mercancías de importación o exportación, así como sus muestras, para allegarse de los elementos que ayuden a precisar la veracidad de lo declarado, y del cumplimiento de la obligaciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior, procedimiento sustentado en los artículos 43, 44 y 45 de la LA.

Los elementos a verificar son:

  • unidades de medida, número de piezas, volumen y otros datos que permitan cuantificar las mercancías
  • la descripción, naturaleza, estado, origen y demás características de las mismas
  • los datos que permitan su identificación

En cumplimiento a la declaración de la autoridad, y aun cuando está previsto ese acto en la legislación aduanera, en la práctica, el segundo reconocimiento ya no operaba en las aduanas, y desde finales de 2010 se había eliminado el Anexo 3 por el cual se determinaban los montos a cubrirse por la contraprestación de tales servicios.

No obstante que tal medida de facilitación y simplificación administrativa marchaba correctamente conforme a lo planeado en aquél entonces, para sorpresa de los contribuyentes, el pasado 1o de noviembre se modificó la regla 3.1.17. y el Anexo 14 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior (RCGCE) 2012, para establecer las aduanas y sus secciones aduaneras en las que se activará, ya sea una sola vez o por segunda ocasión, el mecanismo de selección automatizado.

Esto quiere decir, que a partir del 2 de noviembre de 2012 se retoma la obligación de la LA, consistente en activar por segunda ocasión el segundo reconocimiento aduanero, lo cual aplicará exclusivamente en las siguientes aduanas y secciones, según se trate:

Aduana   Sección   Denominación  
05   0   Subteniente López, Subteniente López, Quintana Roo  
07   0   Ciudad Juárez, Ciudad Juárez, Chihuahua  
07   1   Puente Internacional Zaragoza-Isleta, Ciudad Juárez, Chihuahua  
07   2   San Jerónimo-Santa Teresa, Ciudad Juárez, Chihuahua  
16   0   Manzanillo, Manzanillo, Colima  
17   0   Matamoros, Matamoros, Tamaulipas  
17   1   Lucio Blanco-Los Indios, Matamoros, Tamaulipas  
19   0   Mexicali, Mexicali, Baja California  
23   0   Nogales, Nogales, Sonora  
24   0   Nuevo Laredo, Nuevo Laredo, Tamaulipas  
28   0   Progreso, Progreso, Yucatán  
33   0   San Luis Río Colorado, San Luis Río Colorado, Sonora  
34   0   Ciudad Miguel Alemán, Ciudad Miguel Alemán, Tamaulipas  
37   0   Ciudad Hidalgo, Ciudad Hidalgo, Chiapas  
40   0   Tijuana, Tijuana, Baja California  
43   0   Veracruz, Veracruz, Veracruz  
50   1   San Emeterio, General Plutarco Elías Calles, Sonora  
51   0   Lázaro Cárdenas, Lázaro Cárdenas, Michoacán  
80   0   Colombia, Colombia, Nuevo León  
81   0   Altamira, Altamira, Tamaulipas  

 

Se eximirá de dicha activación en las operaciones:

  • de exportación o las de retorno al extranjero
  • en las que no se requiera la presentación física de las mercancías para realizar su despacho
  • las que se despachen por ferrocarril

Respecto al cobro, como se señaló, actualmente no existe un tabulador de los montos por ese concepto, por lo cual es importante acercarse al agente aduanal para conocerlo anticipadamente, y en su caso, saber quienes serán las personas autorizadas para efectuar ese reconocimiento.