Prórroga de estancia para IMMEX

Si la importación se realiza con el amparo de un Programa IMMEX no se puede contar con más tiempo para ese propósito.

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 .  (Foto: IDC online)

En septiembre del año pasado nos autorizaron un programa IMMEX con el cual importamos temporalmente insumos que utilizamos para la elaboración de artículos de exportación, pero el cliente extranjero con quien se celebró el contrato de compraventa está imposibilitado para concretar la operación por cuestiones económicas.

Ante tal situación, requerimos colocarlos en algún otro lugar, y dudamos hacerlo en el escaso plazo de permanencia que se tiene para retornarlos. ¿Podríamos solicitar una prórroga por un lapso mayor?

Desafortunadamente no podría contar con más tiempo para el propósito referido, pues no se otorgan prórrogas para el plazo de permanencia de los bienes importados temporalmente al amparo del programa IMMEX.

En consecuencia, es necesario cambiarlos de régimen o retornarlos antes de que venzan los 18 meses de su estancia en territorio nacional; de no hacerlo estarían ilegalmente en el país, conforme el artículo 108 de la LA.