Consecuencias de no acompañar el certificado de origen

Si el importador no acompaña al pedimento de importación el certificado de origen, no implica que no lo pueda presentar en juicio como prueba

.
 .  (Foto: IDC online)
Fuente: Revista del Tribunal Federal de Justici... -

CERTIFICADO DE ORIGEN.- NO ACOMPAÑARLO AL PEDIMENTO NO IMPLICA LA PRECLUSIÓN DEL DERECHO DE RENDIR LA PRUEBA.- Si bien es cierto que de conformidad con el artículo 36 dela Ley Aduanera, vigente hasta marzo de 1996, y con el 66 de la Ley deComercio Exterior, el importador está obligado a acompañar al pedimentode importación el certificado de origen, cuando las mercancías sean idénticaso similares a aquéllas por las que deba pagarse una cuota compensatoria  también lo es, que la falta de presentación no puede tener como consecuenciala preclusión del derecho de rendir la prueba. Por lo tanto, si se exhibeel certificado de origen como prueba en el recurso administrativo o en eljuicio, se le debe admitir y valorar, aun cuando no se haya presentado antela aduana, pues su presentación extemporánea no puede tener como consecuenciaprivar al particular de su prueba.

(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/S1-28/2012)

Fuente: Revista del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Séptima Época, Año II, Núm. 15, PP, 7, 8, 9, VII-J-1aS-36, Jurisprudencia, octubre de 2012.