Quienes importen o exporten mercancías sujetas al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias en materia de salud, podrán gestionar a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM) los siguientes permisos y avisos sanitarios, administrados por la Secretaría de Salud (SS) por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS):
Nombre del trámite | Tiempo de atención | Sentido de la resolución al transcurrir el plazo |
Productos | ||
Permiso sanitario previo de importación: A.- Importación de productos B.- Importación de muestras o consumo personal (para donación, consumo personal, investigación científica, pruebas de laboratorio y exhibición) C.-Importación por retorno de productos | Cinco días hábiles Para productos frescos o vivos1 | Negativa ficta |
Materias primas o para medicamentos que no sean o contengan estupefacientes o psicotrópicos, y cuenten con registro sanitario | ||
A- Permiso sanitario de importación de materias primas B.- Permiso sanitario de importación de materias primas destinadas a la elaboración de medicamentos con registro sanitario C.- Permiso sanitario de importación de medicamentos con registro sanitario | 40 días hábiles | Negativa ficta |
Modificación al permiso sanitario previo de importación de productos | Dos días | Afirmativa ficta |
Aviso sanitario de importación de productos | Inmediato | No aplica |
Remedios herbolarios | ||
Permiso sanitario de importación de remedios herbolarios | 40 días hábiles | Negativa ficta |
Medicamentos que no sean o contengan estupefacientes o psicotrópicos, y no cuenten con registro sanitario | ||
A.- Permiso sanitario de importación de medicamentos destinados a investigación en humanos B.- Permiso sanitario de importación de medicamentos sus materias primas destinados a maquila C.- Permiso sanitario de importación de medicamentos destinados a tratamientos especiales (enfermedades de baja incidencia con repercusión social) D.- Permiso sanitario de importación de medicamentos destinados a uso personal E.- Permiso sanitario de importación de medicamentos destinados a donación F.- Permiso sanitario de importación de medicamentos destinados a pruebas de laboratorio | 10 días hábiles | Afirmativa ficta |
Dispositivos médicos con registro sanitario que no sean o contengan estupefacientes o psicotrópicos | ||
Permiso sanitario de importación: A.- Importación de dispositivos médicos que cuenten con registro sanitario (equipos médicos, aparatos de rayos x, válvulas cardiacas, prótesis internas, marcapasos prótesis, insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos, de curación y productos higiénicos con registro sanitario) B.- Importación de fuentes de radiación (incluye reactivos o agentes de diagnóstico con isótopos radiactivos) | 40 días hábiles | Negativa ficta |
Otros | ||
Aviso de modificación de aduana | Inmediato | No aplica |
Dispositivos médicos que no sean o contengan estupefacientes o psicotrópicos, sin registro o en fase de experimentación | ||
Permiso sanitario de importación: A.- Importación de dispositivos médicos para maquila B.- Importación de dispositivos médicos para uso personal C.- Importación de dispositivos médicos para uso médico D.- Importación de dispositivos médicos para investigación en humanos E.- Importación de dispositivos médicos para donación F.- Importación de dispositivos médicos, sin registro, usados G.- Importación de dispositivos médicos destinados a pruebas de laboratorio | 10 días hábiles | Afirmativa ficta |
Insumos que no sean o contengan estupefacientes o psicotrópicos | ||
Permiso sanitario de importación, por retorno | 40 días hábiles | Negativa ficta |
Modificación al permiso sanitario de importación | 40 días hábiles | Negativa ficta |
Aviso de importación | Inmediato | No aplica |
Plaguicidas, nutrientes vegetales, sustancias o materiales tóxicos o peligrosos | ||
Permiso de importación: A.- Plaguicidas y nutrientes vegetales B.- Sustancias tóxicas C.- Muestras experimentales de plaguicidas, sustancias tóxicas y nutrientes vegetales D.- Muestras experimentales con fines de pruebas de calidad relativas a la garantía de composición de los plaguicidas, sustancias tóxicas y nutrientes vegetales (incluye estándares analíticos) E.- Plaguicidas y sustancias tóxicas sujetos a control por la SEMARNAT, conforme al Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono y el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono F.- Plaguicidas que serán importados temporalmente a efecto de someterlos a un proceso de transformación o elaboración para su exportación posterior o a una operación de maquila o submaquila, y que no serán comercializados ni utilizados en territorio nacional G.- Nutrientes vegetales que serán importados temporalmente a efecto de someterlos a un proceso de transformación o elaboración para su exportación posterior o a una operación de maquila o submaquila, y que no serán comercializados ni utilizados en territorio nacional H.- Sustancias o materiales tóxicos o peligrosos que serán importados temporalmente a efecto de someterlos a un proceso de transformación o elaboración para su exportación posterior o a una operación de maquila o submaquila, y que no serán comercializados ni utilizados en territorio nacional I.- Plaguicidas de uso agrícola o pecuario, solicitados por asociaciones de agricultores o ganaderas inscritas ante SAGARPA J.- Plaguicidas y sustancias tóxicas por dependencias y entidades de la administración pública con el propósito de atender situaciones de emergencia declaradas conforme a los ordenamientos legales aplicables | 10 días hábiles | Negativa ficta |
Células y tejidos incluyendo sangre, sus componentes y derivados, así como otros productos de seres humanos | ||
Permiso de salida del territorio nacional | 45 días hábiles | Afirmativa ficta |
Permiso de internación al territorio nacional | 45 días hábiles | Afirmativa ficta |
Solicitud de modificación al permiso de internación al territorio nacional o al permiso de salida | 45 días hábiles | Afirmativa ficta |
Productos del tabaco | ||
Permiso sanitario previo de importación: | ||
Con constancia expedida por la autoridad competente del país de origen | 15 días hábiles | Negativa ficta |
Con certificado de libre venta emitido por autoridad competente | 15 días hábiles | Negativa ficta |
Por retorno | 15 días hábiles | Negativa ficta |
Modificación o prórroga del permiso sanitario previo de importación | Cinco días hábiles | Negativa ficta |
Precursores químicos o productos químicos esenciales | ||
Aviso de importación | Inmediato | No aplica |
Aviso de exportación | Inmediato | No aplica |
Materias primas o medicamentos que sean o contengan estupefacientes o psicotrópicos | ||
Permiso sanitario de importación | 14 días hábiles | Negativa ficta |
Permiso sanitario de exportación | 14 días hábiles | Negativa ficta |
Modificación al permiso sanitario previo de importación | Siete días hábiles2 | Negativa ficta |
2 Antes el plazo era de 40 días
A través de la VUCEM también se podrán efectuar:
- gestiones y consultas de información sobre los procedimientos relacionados con importaciones, exportaciones y tránsito de mercancías de comercio exterior, incluyendo las regulaciones y restricciones no arancelarias exigibles
- pagos electrónicos de los derechos que procedan a los trámites gestionados con la misma, no así las contribuciones al comercio exterior
No obstante que por la naturaleza de los productos (medicamentos, farmoquímicos y materias primas, tejidos, células, plaguicidas, etc.) la autoridad sanitaria no contempló reducción alguna en el plazo de resolución de tales trámites, excepto los casos ya referidos, los importadores y exportadores cuentan con una nueva alternativa para efectuarlos desde el domicilio de la empresa (Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites que aplica la SS, a través de la COFEPRIS en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la COFEMER que podrán realizarse en términos del Decreto de la VUCEM, publicado en el DOF del 16 de noviembre de 2012).
Para identificar los productos sujetos al cumplimiento de esa regulación no arancelaria se deberán consultar los Acuerdos emitidos al efecto por la SS.