Venta de primera mano de autos

No es necesario, basta con que esta entregue el comprobante fiscal expedido para cada vehículo

La agencia automotriz a la que compraremos una flotilla de autos, destinados para uso empresarial, entregó una cotización y las condiciones de compra de los mismos.

Al revisar los documentos nos percatamos que varios modelos son de importación. Por los vehículos de procedencia extranjera ¿deben entregarnos los pedimentos de importación para acreditar su legal estancia en el país?

Si bien, tratándose de vehículos importados definitivamente su legal estancia en el país se acredita solo con el pedimento respectivo, a los representantes de las marcas mundiales que comercialicen vehículos nuevos en México, se les autoriza para que, tratándose de ventas de primera mano, entreguen al adquirente, en lugar del pedimento, el comprobante fiscal expedido para cada vehículo en donde se consigne el número y fecha del pedimento, y cumpla con los requisitos del artículo 29-A del CFF (art. 146, LA y regla 4.5.31., Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior –RCGCE– 2012).

Por eso, en caso de que la agencia automotriz no le entregara los pedimentos de importación de los autos extranjeros, debe cerciorarse que los comprobantes con requisitos fiscales de las adquisiciones contengan los datos de los documentos con los que se introdujeron legalmente a territorio nacional.

Dichos representantes deberán cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas aplicables a las unidades y ofrecer garantías, servicio y refacciones al usuario mexicano.