Valor de venta ¿en pedimento de extracción?

En los pedimentos de extracción de productos de locales “duty free” aparece el valor de venta

La semana pasada enajenamos mercancía nacional a una tienda Duty free que se encargó de solicitar el pedimento de introducción a depósito fiscal, no obstante, por exceso de inventario nos están devolviendo un 30% de la compra, y adjuntan copia del pedimento de extracción. De este último nos llama la atención que el valor en aduana declarado es distinto al que le facturamos inicialmente ¿cuál es la razón de ello?

En los pedimentos de extracción de mercancía nacional y extranjera de locales autorizados como depósito fiscal para la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en puertos aéreos internacionales, fronterizos y marítimos, se deberá declarar el valor de venta (Anexo 22 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior –RCGCE– 2012 “Instructivo de llenado de dicho documento”).

Es por esa razón que el pedimento contiene un valor diferente al declarado en el de introducción al mencionado régimen aduanero para tal propósito.

Sin embargo, no podría afectarle, dado que a su empresa únicamente le están entregando en territorio nacional la mercancía devuelta, cuyos trámites aduaneros de entrada y salida a depósito fiscal corrieron a cargo de la Duty Free.