Autorización Prosec ¿a comercializadoras?

No, a menos que pague los impuestos de importación actualizados

Desde hace dos años operamos un Programa de Promoción Sectorial (PROSEC) para abastecernos de insumos extranjeros, procedentes principalmente de Centroamérica, para producir bienes que serán destinados a su venta en México. Hace unos días la empresa matriz localizada en Estados Unidos decidió comprarnos parte de esos insumos.

¿Podemos exportarlos sin transformación alguna sin que ello afecte nuestra situación aduanera?

Los bienes autorizados para su importación con PROSEC solo deben emplearse en la producción de las mercancías correspondientes a cada programa, por lo tanto, si se desea comercializarlos en el mismo estado (destinarlo a un propósito distinto), entonces deberá cubrirse el impuesto general de importación aplicable a dichos bienes con actualización y recargos, calculados desde el mes de la importación de cada uno de ellos hasta el mes del pago del impuesto (arts. 4 y 10, Decreto PROSEC). Una vez cubiertas las contribuciones podrá efectuar la exportación de aquéllos.