Beneficios por avisar que no exportará

Conozca que debe hacer en caso de haber omitido este tipo de aviso

Aviso de no exportación
 Aviso de no exportación  (Foto: Redacción)

Quienes hayan omitido presentar el aviso de no exportación de los activos fijos importados definitivamente con pago de contribuciones vía cuenta aduanera, no serán objeto de sanción alguna, pues su cumplimiento es opcional acorde a la Ley Aduanera (LA).

No obstante, si el contribuyente decidió quedarse con los equipos y exhibe a la institución bancaria o bursátil, según sea el caso, el aviso referido, entonces podrá acreditar el impuesto al valor agregado (IVA) pagado en la importación de tales bienes, pues a partir de su presentación se trasladan los montos a la Tesorería de la Federación y se formaliza la importación definitiva.

En caso contrario, deberá esperar hasta que transcurran los plazos establecidos al efecto (un año o dos años si se solicitó prórroga), para que la institución financiera transfiera los montos y pueda acreditarse el IVA (arts. 86, LA y 117, fracc. I, inciso a de su Reglamento).